EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C2006/294/57

Asunto C-406/06: Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2006 — Landtag Schleswig-Holstein/Comisión de las Comunidades Europeas

DO C 294 de 2.12.2006, p. 33–33 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

2.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 294/33


Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2006 — Landtag Schleswig-Holstein/Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto C-406/06)

(2006/C 294/57)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Landtag Schleswig-Holstein (representantes: S. Laskowski y J. Caspar)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que el Tribunal de Justicia se declare competente y admita el recurso o, subsidiariamente, lo remita al Tribunal de Primera Instancia conforme a lo dispuesto en el artículo 54, párrafo segundo, del Estatuto del Tribunal de Justicia.

Que se anulen las Decisiones de la Comisión de 10 de marzo de 2006 [JUR(2006)55023] y de 23 de junio de 2006 [SG/E/3MM/flD(2006)6175].

Que se condene en costas a la Comisión de las Comunidades Europeas.

Motivos y principales alegaciones

El demandante impugna las Decisiones de la Comisión de 10 de marzo de 2006 y de 23 de junio de 2006, recibida el 26 de junio de 2006, por las que se deniega al Landtag Schleswig-Holstein el acceso completo al documento interno de la Comisión SEC (2005) 420, de 22 de marzo de 2005. El mencionado documento contiene la motivación jurídica de la elección del artículo 95 CE como base jurídica de la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones y por la que se modifica la Directiva 2002/58/CE, (1) y a él se remite la motivación de la Propuesta de Directiva presentada por la Comisión [COM(2005) 438 final, p. 6]. El servicio de investigación del Landtag Schleswig-Holstein solicitó acceder al documento con el objeto de elaborar un dictamen jurídico acerca de los posibles efectos de la Directiva 2006/24 sobre la inmunidad de los diputados.

El demandante alega que las decisiones denegatorias y la negativa a concederle acceso completo al documento SEC (2005) 420 controvertido incurren en las siguientes causas de nulidad, en el sentido del artículo 230 CE, párrafo segundo:

Vulneración de la obligación de cooperación leal prevista en el artículo 10 CE, en relación con el artículo 1 UE, párrafo segundo, e infracción del derecho de acceso a los documentos contemplado en el artículo 255 CE y en el artículo 2, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, en relación con los artículos 10 CE y 1 UE, párrafo segundo.

Desviación de poder.

En el marco del deber recíproco de cooperación leal y a la luz del principio de transparencia, la Comisión está obligada, conforme al artículo 10 CE, en relación con el artículo 1 UE, párrafo segundo, a permitir al Landtag Schleswig-Holstein, en tanto que organismo perteneciente a un Estado miembro, el acceso al documento solicitado, puesto que la entrega completa del documento reviste un importante interés público y parlamentario.

Con carácter complementario, el demandante basa el derecho al acceso completo al documento controvertido en el artículo 255 CE y en el artículo 2, apartado 1, del Reglamento no 1049/2001, en relación con el artículo 10 CE y el artículo 1 UE, párrafo segundo, e imputa a la Comisión haber denegado el acceso al documento sobre la base incorrecta del artículo 4, apartado 2, segundo guión, del Reglamento no 1049/2001, haciendo un uso inadecuado de su poder de apreciación, dado que la entrega del documento no supone ningún perjuicio para la protección del asesoramiento jurídico de la Comisión.


(1)  DO L 105, p. 54.


Top