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Document C2006/281/61

    Asunto T-34/05: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 6 de septiembre de 2006 — Bayer CropScience y otros/Comisión ( Productos fitosanitarios — Sustancia activa endosulfan — Revisión de la autorización de comercialización — Recurso por omisión — Sobreseimiento )

    DO C 281 de 18.11.2006, p. 35–36 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    18.11.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 281/35


    Auto del Tribunal de Primera Instancia de 6 de septiembre de 2006 — Bayer CropScience y otros/Comisión

    (Asunto T-34/05) (1)

    («Productos fitosanitarios - Sustancia activa endosulfan - Revisión de la autorización de comercialización - Recurso por omisión - Sobreseimiento»)

    (2006/C 281/61)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: Bayer CropScience AG (Monheim, Alemania), Makhteshim-Agan Holding BV (Ámsterdam, Países Bajos), Alfa Georgika Efodia AEVE (Atenas, Grecia) y Aragonesas Agro, S.A. (Madrid, España) (representantes: C. Mereu y K. Van Maldegem, abogados)

    Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representante: B. Doherty, agente)

    Parte coadyuvante en apoyo de las partes demandantes: European Crop Association (ECPA) (Bruselas, Bélgica) (representantes: D. Waelbroeck, U. Zinsmeister y N. Rampal, abogados)

    Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Reino de España (representantes: J. Rodríguez Cárcamo, abogado del Estado)

    Objeto

    Recurso por omisión encaminado a que se declare que la Comisión se abstuvo ilícitamente de examinar los datos presentados por las demandantes en el marco del procedimiento de revisión de la autorización de comercialización de la sustancia activa endosulfan, previsto por la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (DO L 230, p. 1)

    Fallo

    1)

    No procede pronunciarse sobre el presente recurso.

    2)

    La Comisión y las demandantes cargarán con sus propias costas.

    3)

    La Comisión y las demandantes en el procedimiento sobre medidas provisionales cargarán con sus propias costas correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.

    4)

    El Reino de España y la European Crop Protection Association cargarán con sus propias costas.


    (1)  DO C 93, de 16.4.2005.


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