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Document C2006/108/11

Asunto C-121/06 P: Recurso de casación interpuesto el 1 de marzo de 2006 por Giorgio Fedon & Figli SpA y Fedon America, Inc. contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2005 por del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-135/01, Giorgio Fedon & Figli SpA, Fedon America, Inc. contra Comisión de las Comunidades Europeas y Consejo de la Unión Europea

DO C 108 de 6.5.2006, p. 7–7 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

6.5.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/7


Recurso de casación interpuesto el 1 de marzo de 2006 por Giorgio Fedon & Figli SpA y Fedon America, Inc. contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2005 por del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-135/01, Giorgio Fedon & Figli SpA, Fedon America, Inc. contra Comisión de las Comunidades Europeas y Consejo de la Unión Europea

(Asunto C-121/06 P)

(2006/C 108/11)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrentes: Giorgio Fedon & Figli SpA, Fedon America, Inc. (representantes: I. Van Bael, A. Cevese, F. Di Gianni y R. Antonini, abogados)

Otras partes del procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas y Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

Que se anule la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 14 de diciembre de 2005.

Que, en la medida en que el estado del litigio lo permita, se resuelva sobre el fondo, y se reconozca que las recurrentes tienen derecho al resarcimiento del perjuicio derivado de la responsabilidad de los demandados por un acto ilícito o por un acto lícito.

Que, en cualquier caso, se imponga a los demandados el pago de las costas del procedimiento, tanto las correspondientes a este trámite como las causadas en primera instancia ante el Tribunal de Primera Instancia.

Que, con carácter subsidiario, se fije una indemnización razonable a favor de las recurrentes en atención a la duración excesiva del procedimiento ante el Tribunal de Primera Instancia.

Que se acuerden cualesquiera otras medidas y se adopten cualesquiera otras decisiones que deban considerarse necesarias con arreglo a la equidad.

Motivos y principales alegaciones

Las recurrentes sostienen que la sentencia recurrida adolece de un vicio por no estar en absoluto motivada en relación con una de las principales alegaciones formuladas, a saber, que en las específicas situaciones de hecho que caracterizan el caso de autos, a dichas recurrentes les asiste el derecho a invocar la decisión adoptada por el Órgano de Apelación de la Organización Mundial del Comercio, para probar, a efectos del recurso de indemnización, que el comportamiento de la Comunidad es contrario a Derecho.


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