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Document C2006/108/11
Case C-121/06 P: Appeal brought on 1 March 2006 by Giorgio Fedon & Figli SpA and Fedon America Inc. against the judgment delivered on 14 December 2005 in Case T-135/01 Girogio Fedon & Figli SpA, Fedon America Inc. v Commission of the European Communities and Council of the European Union
Asunto C-121/06 P: Recurso de casación interpuesto el 1 de marzo de 2006 por Giorgio Fedon & Figli SpA y Fedon America, Inc. contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2005 por del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-135/01, Giorgio Fedon & Figli SpA, Fedon America, Inc. contra Comisión de las Comunidades Europeas y Consejo de la Unión Europea
Asunto C-121/06 P: Recurso de casación interpuesto el 1 de marzo de 2006 por Giorgio Fedon & Figli SpA y Fedon America, Inc. contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2005 por del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-135/01, Giorgio Fedon & Figli SpA, Fedon America, Inc. contra Comisión de las Comunidades Europeas y Consejo de la Unión Europea
DO C 108 de 6.5.2006, p. 7–7
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
6.5.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 108/7 |
Recurso de casación interpuesto el 1 de marzo de 2006 por Giorgio Fedon & Figli SpA y Fedon America, Inc. contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2005 por del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-135/01, Giorgio Fedon & Figli SpA, Fedon America, Inc. contra Comisión de las Comunidades Europeas y Consejo de la Unión Europea
(Asunto C-121/06 P)
(2006/C 108/11)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Recurrentes: Giorgio Fedon & Figli SpA, Fedon America, Inc. (representantes: I. Van Bael, A. Cevese, F. Di Gianni y R. Antonini, abogados)
Otras partes del procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas y Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
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Que se anule la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 14 de diciembre de 2005. |
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Que, en la medida en que el estado del litigio lo permita, se resuelva sobre el fondo, y se reconozca que las recurrentes tienen derecho al resarcimiento del perjuicio derivado de la responsabilidad de los demandados por un acto ilícito o por un acto lícito. |
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Que, en cualquier caso, se imponga a los demandados el pago de las costas del procedimiento, tanto las correspondientes a este trámite como las causadas en primera instancia ante el Tribunal de Primera Instancia. |
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Que, con carácter subsidiario, se fije una indemnización razonable a favor de las recurrentes en atención a la duración excesiva del procedimiento ante el Tribunal de Primera Instancia. |
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Que se acuerden cualesquiera otras medidas y se adopten cualesquiera otras decisiones que deban considerarse necesarias con arreglo a la equidad. |
Motivos y principales alegaciones
Las recurrentes sostienen que la sentencia recurrida adolece de un vicio por no estar en absoluto motivada en relación con una de las principales alegaciones formuladas, a saber, que en las específicas situaciones de hecho que caracterizan el caso de autos, a dichas recurrentes les asiste el derecho a invocar la decisión adoptada por el Órgano de Apelación de la Organización Mundial del Comercio, para probar, a efectos del recurso de indemnización, que el comportamiento de la Comunidad es contrario a Derecho.