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Document C2005/217/93
Order of the Court of First Instance of 27 June 2005 in Case T-349/04 Parfümerie Douglas GmbH v Office for Harmonisation in the Internal Market (Trade Marks and Designs) (OHIM) (Community trade mark — Removal of the earlier mark from the register — No need to adjudicate)
Auto del Tribunal de Primera Instancia, de 27 de junio de 2005, en el asunto T-349/04, Parfümerie Douglas GmbH contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) («Marca comunitaria — Cancelación de la marca anterior — Sobreseimiento»)
Auto del Tribunal de Primera Instancia, de 27 de junio de 2005, en el asunto T-349/04, Parfümerie Douglas GmbH contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) («Marca comunitaria — Cancelación de la marca anterior — Sobreseimiento»)
DO C 217 de 3.9.2005, p. 42–43
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
3.9.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 217/42 |
AUTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
de 27 de junio de 2005
en el asunto T-349/04, Parfümerie Douglas GmbH contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) (1)
(«Marca comunitaria - Cancelación de la marca anterior - Sobreseimiento»)
(2005/C 217/93)
Lengua de procedimiento: alemán
En el asunto T-349/04, Parfümerie Douglas GmbH, con domicilio social en Hagen (Alemania), representada por el Sr. C. Schumann, abogado, contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) (agente: Sr. A. von Mühlendahl), y en el que la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI es Jürgen Heinz Douglas, con domicilio social en Hamburgo (Alemania), que tiene por objeto un recurso interpuesto contra la resolución de la Sala Primera de Recurso de la OAMI de 24 de mayo de 2004 (asunto R 795/2002-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Parfümerie Douglas GmbH y Jürgen Heinz Douglas, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta), integrado por el Sr. M. Vilaras, Presidente, y los Sres. F. Dehousse, y D. Šváby, Jueces; Secretario: H. Jung, ha dictado el 27 de junio de 2005 un auto en el que se resuelve lo siguiente:
1) |
Sobreseer el asunto. |
2) |
Cada parte cargará con sus propias costas. |