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Document C2004/118/20

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta), de 29 de abril de 2004, en el asunto C-308/01 (petición de decisión prejudicial planteada por el VAT and Duties tribunal, London): GIL Insurance Ltd y otros contra Commissioners of Customs & Excise (Sexta Directiva sobre el IVA — Impuesto sobre las primas de seguro — Tipo superior aplicable a determinados contratos de seguro — Seguros relacionados con el alquiler o la venta de electrodomésticos — Ayudas de Estado)

    DO C 118 de 30.4.2004, p. 11–12 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    30.4.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 118/11


    SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

    (Sala Quinta)

    de 29 de abril de 2004

    en el asunto C-308/01 (petición de decisión prejudicial planteada por el VAT and Duties tribunal, London): GIL Insurance Ltd y otros contra Commissioners of Customs & Excise (1)

    (Sexta Directiva sobre el IVA - Impuesto sobre las primas de seguro - Tipo superior aplicable a determinados contratos de seguro - Seguros relacionados con el alquiler o la venta de electrodomésticos - Ayudas de Estado)

    (2004/C 118/20)

    Lengua de procedimiento: inglés

    En el asunto C-308/01, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el VAT and Duties Tribunal, London (Reino Unido), destinada a obtener, en los litigios pendientes ante dicho órgano jurisdiccional entre GIL Insurance Ltd, UK Consumer Electronics Ltd, Consumer Electronics Insurance Co. Ltd, Direct Vision Rentals Ltd, Homecare Insurance Ltd, Pinnacle Insurance plc y Commissioners of Customs & Excise, una decisión prejudicial sobre la interpretación, por un lado, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios – Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54), y, por otro lado, de los artículos 87 CE y 88 CE, el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por el Sr. C.W.A. Timmermans, en funciones de Presidente de la Sala Quinta, los Sres. A. Rosas (Ponente) y S. von Bahr, Jueces; Abogado General: Sr. L.A. Geelhoed; Secretaria: Sra. M. Mújica Arzamendi, administradora principal, ha dictado el 29 de abril de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

    1)

    Un impuesto sobre las primas de seguro como el examinado en el asunto principal es compatible con el artículo 33 de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios – Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme.

    2)

    El artículo 13, parte B, letra a), de la Directiva 77/388, a cuyo tenor las operaciones de seguro están exentas de IVA, no se opone, por lo que respecta a un impuesto sobre las primas de seguro como el examinado en el asunto principal, al establecimiento de un tipo especial idéntico al tipo normal del IVA, en la medida en que dicho impuesto es compatible con el artículo 33 de la Directiva 77/388, de modo que no ha de seguirse el procedimiento previsto en el artículo 27 de la misma Directiva, que obliga a todo Estado miembro que desee establecer medidas especiales de inaplicación de dicha Directiva a solicitar una autorización previa al Consejo de la Unión Europea, antes del establecimiento de dicho tipo.


    (1)  DO C 303 de 27.10.2001.


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