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Document C2004/094/09

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de marzo de 2004 en el asunto C-9/02 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d'Ètat): Hugues de Lasteyrie du Saillant contra Ministère de l'Économie, des Finances et de l'Industrie

DO C 94 de 17.4.2004, p. 5–6 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

17.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 94/5


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Quinta)

de 11 de marzo de 2004

en el asunto C-9/02 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d'Ètat): Hugues de Lasteyrie du Saillant contra Ministère de l'Économie, des Finances et de l'Industrie (1)

(Libertad de establecimiento - Artículo 52 del Tratado CE (actualmente artículo 43 CE, tras su modificación) - Legislación fiscal - Traslado del domicilio fiscal a otro Estado miembro - Modalidades de imposición de las plusvalías generadas por valores mobiliarios)

(2004/C 94/09)

Lengua de procedimiento: francés

En el asunto C-9/02, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Conseil d'État (Francia), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano jurisdiccional entre Hughes de Lasteyrie du Saillant y Ministère de l'Économie, des Finances et de l'Industrie, una decisión prejudicial sobre la interpretación del artículo 52 del Tratado CE (actualmente artículo 43 CE, tras su modificación), el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por el Sr. C.W.A. Timmermans (Ponente), en funciones de Presidente de la Sala Quinta, y los Sres. A. La Pergola y S. von Bahr, Jueces; Abogado General: Sr. J. Mischo; Secretario: Sr. H.A. Rühl, administrador principal, ha dictado el 19 de febrero de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

El principio de libertad de establecimiento enunciado en el artículo 52 del Tratado CE (actualmente artículo 43 CE, tras su modificación) debe ser interpretado en el sentido de que se opone a que un Estado miembro establezca, a fin de prevenir un riesgo de evasión fiscal, un régimen de imposición de las plusvalías latentes como el previsto en el artículo 167 bis del code général des impôts francés, en caso de traslado del domicilio fiscal de un contribuyente fuera de este Estado.


(1)  DO C 56 de 2.3.2002.


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