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Document 92003E000221

PREGUNTA ESCRITA E-0221/03 de Samuli Pohjamo (ELDR)y Mikko Pesälä (ELDR) a la Comisión. Desigualdad de los gastos de viaje en relación con proyectos de la UE.

DO C 268E de 7.11.2003, p. 83–84 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92003E0221

PREGUNTA ESCRITA E-0221/03 de Samuli Pohjamo (ELDR)y Mikko Pesälä (ELDR) a la Comisión. Desigualdad de los gastos de viaje en relación con proyectos de la UE.

Diario Oficial n° 268 E de 07/11/2003 p. 0083 - 0084


PREGUNTA ESCRITA E-0221/03

de Samuli Pohjamo (ELDR)y Mikko Pesälä (ELDR) a la Comisión

(3 de febrero de 2003)

Asunto: Desigualdad de los gastos de viaje en relación con proyectos de la UE

Los participantes de los distintos proyectos de la Unión Europea que residen en las regiones periféricas de Europa deben gestionar su presupuesto para viajes de acuerdo con los mismos criterios que sus compañeros centroeuropeos. En la práctica, esto significa que los centroeuropeos pueden desplazarse a las reuniones en su propio automóvil o utilizando vuelos muy económicos mientras que, por ejemplo, a los finlandeses se les acaban las dietas de viaje generalmente a mitad del proyecto. Esto, a su vez, hace que no siempre les sea posible asistir a reuniones importantes.

¿Puede indicar la Comisión si tiene previsto modificar el presupuesto para gastos de viaje aplicando, por ejemplo, un coeficiente establecido en función de la distancia de los viajes y de la situación geográfica?

¿Puede realizar la Comisión un estudio sobre los proyectos de la UE donde se comparen, por ejemplo, los gastos de viaje de los finlandeses o los suecos con los correspondientes de los británicos y alemanes? También se deberían aclarar los gastos de cada uno de los viajes entre los participantes de los distintos países así como la adecuación de las dietas de viaje en relación con la duración del proyecto.

Respuesta del Sr. Liikanen en nombre de la Comisión

(28 de abril de 2003)

La pregunta formulada por Su Señoría sobre los gastos de desplazamiento relativos a los proyectos de investigación del programa sobre la Sociedad de la Información comprendidos en el quinto programa marco de la Comunidad Europea (5o PM)(1). Los párrafos siguientes explican las reglas aplicables a la devolución de los gastos de desplazamiento relativos al quinto y sexto programas marco (6o PM)(2)

La Comisión a fijado los principios generales aplicables a los contribuyentes comunitarios destinados al 5o PM en el Reglamento (E) no 996/1999 de la Comisión, de 11 de mayo de 1999, relativo a las modalidades de aplicación de la decisión 1999/65/CE del Consejo relativa a las reglas de participación de las empresas, de los centros de investigación y de las universidades y a las reglas de difusión de los resultados de la investigación para la puesta en marcha del quinto programa-marco de la Comunidad Europea (1998-2002). El principio general es el siguiente: la Comisión contribuye a los gastos de desplazamiento y de estancia. El principio aplicable al calculo de la contribución comunitaria es que la Comisión participa en función de un porcentaje de estos gastos totales elegidos. Para las organizaciones que utilicen el modelo llamado gasto completo, la contribución comunitaria depositada a titulo del desplazamiento del participante puede llegar a un 50 % de los gastos totales elegibles, mientras que para las organizaciones que utilicen los llamados gastos adicionales, la contribución comunitaria se eleva al 100 % de los gastos totales elegibles. Conviene precisar que en caso de aplicación del llamado modelo gastos adicionales, la devolución se efectúa entonces al 100 % no de todos los gastos totales, sino solamente de los gastos adicionales directos no cubiertos por una financiación periódica.

Este principio está desarrollado en el Anexo II de los diversos contratos tipo relativos al 5o PC, así como en las orientaciones financieras publicadas para el 5o PC. Sin embargo, el principio esencial sigue siendo que la Comisión contribuya a los gastos elegibles totales de los participantes tal y como están documentados los participantes. La Comisión no ha fijado ni reglas especificas ni limites para la devolución de los gastos de viaje. Para cada contrato, los participantes y la Comisión se ponen de acuerdo sobre la repartición del presupuesto entre las categorías de gastos con motivo de las negociaciones que tienen lugar antes de la firma del contrato. A pesar de la existencia de un cierto margen que permite adaptar la repartición del presupuesto entre categorías así como entre miembros, las posibilidades de transferencias están limitadas, y a menudo las transferencias importantes están subordinadas al previo acuerdo de la Comisión.

Para el 6o PC, el principio esencial de la contribución comunitaria a los gastos elegibles totales a sido mantenido a pesar de algunos cambios importantes. El 6o PC no prevé categorías predefinido para los gastos elegibles, y el contrato no debe prescribir ventilación de los gastos por categorías. Las partes firmantes estarán habilitadas a distribuir el presupuesto como lo consideren oportuno, en función del objetivo fijado en el contrato. De este modo la repartición, por ejemplo, de los gastos de viaje entre los participantes dependerá de la responsabilidad de los

participantes mismos, y los gastos serán devueltos si se cumplen los criterios fijados en el contrato de investigación (gastos reales, calculados teniendo en cuenta la economía y la necesidad, durante el período del proyecto, determinados conforme a los principios contables comunes del participante e inscritos en su contabilidad).

En resumen, para los proyectos de investigación del 5o PC y del 6o PC, la repartición del presupuesto de viaje entre los participantes resulta de una decisión interna del consorcio. Por lo tanto, no se aplica ningún coeficiente para tomar en cuenta la distancia geográfica. La Comisión no prevé actualmente establecer una comparación entre los gastos de viaje expuestos por los diferentes proyectos según el origen geográfico de los participantes. En lo que respecta el 6o PC, la Comisión no exige la ventilación detallada de los gastos por categoría (como viajes) para cada participante, pero exige una justificación de los gastos a nivel de la gestión así como la certificación de estos por un auditor externo.

(1) http://www.cordis.lu/fp5.

(2) http://fp6.cordis.lu/fp6/home.cfm.

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