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Document 91999E002612

    PREGUNTA ESCRITA E-2612/99 de Brigitte Langenhagen (PPE-DE) a la Comisión. Endurecimiento de los riterios de intervención para los cereales.

    DO C 280E de 3.10.2000, p. 80–81 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    European Parliament's website

    91999E2612

    PREGUNTA ESCRITA E-2612/99 de Brigitte Langenhagen (PPE-DE) a la Comisión. Endurecimiento de los riterios de intervención para los cereales.

    Diario Oficial n° 280 E de 03/10/2000 p. 0080 - 0081


    PREGUNTA ESCRITA E-2612/99

    de Brigitte Langenhagen (PPE-DE) a la Comisión

    (12 de enero de 2000)

    Asunto: Endurecimiento de los riterios de intervención para los cereales

    El grado de humedad debe reducirse de nuevo del 15 % al 14,5 %. Durante decenios el límite fue del 16 %. En el clima de nuestras costas, cuya humedad del aire es siempre elevada, el límite del 16 % en condiciones meteorológicas normales sólo puede conseguirse en temporada de recolección durante algunos días de verano. En las condiciones en que se realizaron las recolecciones durante los últimos años, sólo se hubiera podido vender cereales en algunos veranos excepcionales. (En los últimos 7 años, sin secado artificial, la cosecha sólo hubiera podido comercializarse en tres ocasiones!):

    En qué fase se encuentra el procedimiento?

    Cuáles son los motivos concretos que inducen a la Comisión a endurecer de nuevo los criterios de intervención?

    Es consciente la Comisión de que en regiones de clima desfavorable, como son, por ejemplo, las regiones costeras, los criterios de intervención sólo pueden cumplirse mediante el empleo intensivo de medios técnicos, y que ello supone costes de producción mucho más elevados?

    Es consciente la Comisión de que si se endurecen los criterios, los agricultores de las citadas regiones estarán sometidos a desventajas y pérdidas permanentes, aunque sus productos no hayan empeorado en absoluto?

    Prevé la Comisión proceder a la diferenciación por regiones o a elaborar una reglamentación para casos graves, con objeto de compensar las desventajas originadas por el clima?

    Respuesta del Sr. Fischler en nombre de la Comisión

    (7 de febrero de 2000)

    La Comisión ha lanzado una discusión sobre la calidad mínima de los cereales ofrecidos a la intervención, al objeto de que los cereales almacenados respondan mejor a la demanda, en particular, para la exportación. Esta discusión, que comenzó en octubre de 1999, aún prosigue.

    Respecto al porcentaje de humedad de los cereales, es preciso recordar que este criterio tiene como finalidad garantizar el almacenamiento satisfactorio en la intervención durante un período que puede ser largo; de ahí, que esté fijado actualmente en el 14,5 %, si bien durante las últimas campañas se autorizó en varias ocasiones excepcionalmente el 15 %.

    Por su parte, el mercado libre exige generalmente porcentajes de humedad inferiores, tanto para el mercado interior como para la exportación, a fin de evitar que la calidad pueda deteriorarse como consecuencia de la aparición de toxinas.

    El mercado sólo acepta un porcentaje de humedad más alto cuando la utilización es inmediata, o con un precio rebajado, dado que en ese caso es preciso efectuar el secado. No hay razón para proceder de otro modo en la intervención, que, huelga decirlo, no es una salida en sí misma, sino una etapa intermedia con cargo al erario público.

    Por otra parte, cualquiera que sea la región de producción o las condiciones climáticas en las que efectúe la cosecha, todo productor puede encontrar alguna salida para sus cereales, siempre que éstos cumplan los criterios de calidad exigidos por el mercado, en caso necesario, efectuando el secado si el porcentaje de humedad es excesivo. En definitiva, se trata únicamente de tener en cuenta los imponderables climáticos inherentes a toda producción vegetal.

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