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Document 91998E002284

    PREGUNTA ESCRITA n. 2284/98 del Sebastiano MUSUMECI al Consejo. Emergencia en el Sur de Italia por los desembarcos de inmigrantes clandestinos e incumplimiento por parte del Gobierno italiano

    DO C 96 de 8.4.1999, p. 68 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    European Parliament's website

    91998E2284

    PREGUNTA ESCRITA n. 2284/98 del Sebastiano MUSUMECI al Consejo. Emergencia en el Sur de Italia por los desembarcos de inmigrantes clandestinos e incumplimiento por parte del Gobierno italiano

    Diario Oficial n° C 096 de 08/04/1999 p. 0068


    PREGUNTA ESCRITA E-2284/98

    de Sebastiano Musumeci (NI) al Consejo

    (28 de julio de 1998)

    Asunto: Emergencia en el Sur de Italia por los desembarcos de inmigrantes clandestinos e incumplimiento por parte del Gobierno italiano

    Considerando que en las últimas semanas el triste fenómeno de los desembarcos clandestinos en las costas del Sur de Italia ha adquirido dimensiones alarmantes; teniendo en cuenta que sólo en Sicilia, en apenas una semana, se ha interceptado a centenares de ciudadanos de países africanos, reclutados por verdaderas organizaciones dedicadas a este tráfico ilegal entre ambas orillas del Mediterráneo; considerando la incapacidad manifiesta de las autoridades italianas que non han sabido poner en marcha medidas concretas para hacer frente a este flujo incontenible de inmigrantes, de los que la mayoría, eludiendo todos los controles policiales y sanitarios, logran llegar a otros Estados miembros, en donde los espera una vida de penurias y explotación por parte de organizaciones delictivas; considerando que el Gobierno italiano, con su política permisiva, ha incumplido las obligaciones que asumió al ratificar el Tratado de Schengen, perjudicando así la seguridad y el orden público en Italia y en toda la Unión;

    ¿No considera el Consejo que debe intervenir urgentemente ante el Gobierno italiano para obligarlo a respetar los compromisos asumidos y, en caso de reiterado incumplimiento, recurrir al Tribunal de Justicia Europeo?

    Respuesta

    (19 de octubre de 1998)

    La cuestión planteada por Su Señoría está vinculada a la aplicación del Acuerdo de Schengen, por lo que no es competencia del Consejo.

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