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Document 91998E002107

    PREGUNTA ESCRITA n. 2107/98 del Alexandros ALAVANOS a la Comisión. Pruebas nucleares

    DO C 96 de 8.4.1999, p. 37 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    European Parliament's website

    91998E2107

    PREGUNTA ESCRITA n. 2107/98 del Alexandros ALAVANOS a la Comisión. Pruebas nucleares

    Diario Oficial n° C 096 de 08/04/1999 p. 0037


    PREGUNTA ESCRITA E-2107/98

    de Alexandros Alavanos (GUE/NGL) a la Comisión

    (10 de julio de 1998)

    Asunto: Pruebas nucleares

    Las recientes pruebas nucleares realizadas en Asia dan pie para sentir una profunda inquietud acerca de la colaboración que mantienen Turquía y Pakistán en sus programas nucleares y de la creciente actividad de Turquía en el ámbito de la energía nuclear. Así, se instalan reactores en regiones especialmente proclives a sufrir seísmos (por ejemplo, Akköy, en Turquía). Asimismo, se expresan temores de que los reactores instalados en Akköy no tengan como único propósito producir energía eléctrica, sino también convertir el país en una potencia nuclear.

    1. En lo que concierne a la construcción de los reactores en Akköy, ¿conoce la Comisión los riesgos que entraña la posibilidad de que se produzca una fuerte sacudida sísmica?

    2. ¿Puede agotar los medios de que dispone para controlar la ayuda que puedan prestar Turquía u otros países al Pakistán en la producción de armas nucleares?

    Respuesta del Sr. van den Broek en nombre de la Comisión

    (18 de septiembre de 1998)

    Remitimos a Su Señoría a la respuesta de la Comisión a la pregunta escrita E-1876/98 del Sr. Kaklamanis(1).

    La Comisión no está facultada para participar en procesos de selección de emplazamientos. Las autoridades de Turquía, y en especial su organismo de reglamentación nuclear - la Autoridad Turca de la Energía Atómica (ATEA) -, son las responsables de dicha selección, en el marco general de las orientaciones del Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA).

    El proyecto de central nuclear de Akkuyu, de uso civil, tiene por objeto responder a la creciente demanda de electricidad en Turquía prevista para los próximos años. El marco contractual de las relaciones entre la Comunidad y Turquía no permite a la Comisión cooperar con Turquía en materia de energía nuclear.

    Turquía es Parte del Tratado de no proliferación de armas nucleares. Compete, en este marco, al Organismo Internacional de la Energía Atómica velar por que la utilización pacífica de la energía nuclear no sea desviada con fines militares por el país interesado, con mayor razón en sus posibles relaciones con terceros países no signatarios del Tratado anteriormente mencionado.

    Tras el reciente terremoto en la región de Adana, las autoridades turcas han confirmado que se han previsto todas las medidas de seguridad necesarias para la futura central de Akkuyu. No han comenzado aún las obras de construcción en el emplazamiento. La elección del consorcio encargado de estas obras debería haberse hecho pública en el mes de agosto de 1998.

    (1) Ver página 12.

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