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Document 91998E002057

PREGUNTA ESCRITA n. 2057/98 del Felipe CAMISÓN ASENSIO al Consejo. Certificado "Europass Formation"

DO C 96 de 8.4.1999, p. 30 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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91998E2057

PREGUNTA ESCRITA n. 2057/98 del Felipe CAMISÓN ASENSIO al Consejo. Certificado "Europass Formation"

Diario Oficial n° C 096 de 08/04/1999 p. 0030


PREGUNTA ESCRITA E-2057/98

de Felipe Camisón Asensio (PPE) al Consejo

(6 de julio de 1998)

Asunto: Certificado "Europass Formation"

¿Cuándo y cómo podrán acceder los estudiantes europeos de Formación Profesional al programa de referencia? ¿Tendrá ventajas y facilidades semejantes a las del programa "Erasmus"?

Respuesta

(22 de octubre de 1998)

La promoción de "itinerarios europeos" de formación en alternancia incluido el aprendizaje no es un programa comunitario, sino un documento destinado a certificar a escala comunitaria períodos de formación efectuados en otro Estado miembro. La utilización del "Europass Formation" debe servir para que resulten más claramente perceptibles las competencias y experiencia adquiridas durante el período de formación en el extranjero. Se trata, pues, de un enfoque completamente distinto al del programa ERASMUS, que ha sido sustituido por el programa SÓCRATES y se refiere a intercambios universitarios.

En su sesión del 16 de julio de 1998, el Parlamento Europeo acusó recibo de una posición común del Consejo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la promoción de itinerarios europeos de formación en alternancia incluido el aprendizaje. El Presidente del Parlamento Europeo solicitó que el plazo de que dispone el Parlamento para emitir su dictamen se ampliase un mes.

El Consejo reanudará sus trabajos una vez que el Parlamento Europeo haya emitido su dictamen, y podría alcanzar un acuerdo político sobre el texto en el Consejo (Trabajo y Asuntos Sociales) del 2 de diciembre de 1998.

Una vez adoptada la Decisión, se prevé que surta efectos a partir del 1 de enero de 2000.

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