Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 91997E004077

    PREGUNTA ESCRITA n. 4077/97 del Guido PODESTÀ a la Comisión. Promoción en la Unión Europea de un sistema de garantía: fianzas de cumplimiento de contrato

    DO C 196 de 22.6.1998, p. 71 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    European Parliament's website

    91997E4077

    PREGUNTA ESCRITA n. 4077/97 del Guido PODESTÀ a la Comisión. Promoción en la Unión Europea de un sistema de garantía: fianzas de cumplimiento de contrato

    Diario Oficial n° C 196 de 22/06/1998 p. 0071


    PREGUNTA ESCRITA E-4077/97 de Guido Podestà (UPE) a la Comisión (14 de enero de 1998)

    Asunto: Promoción en la Unión Europea de un sistema de garantía: fianzas de cumplimiento de contrato

    El pasado 21 de octubre, en respuesta a una intervención del autor de la pregunta en el salón de sesiones relativa al informe de Michael Tappin sobre la contratación pública, Mario Monti, en nombre de la Comisión, indicó que no era contrario a la introducción de nuevas formas de garantía, como por ejemplo las fianzas de cumplimiento de contrato, para la ejecución puntual de contratos públicos destacando, no obstante, la necesidad de no discriminar ni perjudicar a las PYME.

    ¿Puede decir la Comisión si tiene la intención de realizar estudios encaminados a profundizar en este punto con objeto de determinar la conveniencia y las modalidades de aplicación de estas formas de garantía, y en qué plazo?

    En caso de que la Comisión no prevea realizar dichos estudios, ¿cuáles son las razones de su decisión?

    Si, por el contrario, emprendiera el análisis mencionado, ¿prevé la Comisión llegar a la redacción de un texto encaminado a introducir en la legislación comunitaria tales sistemas de garantía para la ejecución de los contratos públicos? ¿En qué plazo prevé que todo esto pueda llevarse a cabo?

    Respuesta del Sr. Monti en nombre de la Comisión (10 de marzo de 1998)

    Como señalaba la Comisión en su respuesta a la pregunta efectuada por Su Señoría durante el debate del informe Tappin acerca del Libro Verde sobre la contratación pública en la Unión Europea ((COM(96)583 final. )), las fianzas de cumplimiento de contrato pueden desempeñar un papel muy importante en la apertura de la contratación pública en el sector de la construcción. El estudio relativo al impacto y efectividad del mercado único ((COM(96)520 final. )), que fue realizado para la Comisión en 1996, demostró que el grado de apertura de la contratación pública en este ámbito todavía no es significativo. La Comisión está convencida de que esto se debe principalmente a la falta de competencia, por lo que considera bienvenida cualquier medida que pueda favorecerla y aumentarla.

    De forma paralela a las iniciativas emprendidas por la Comisión, tales como el mandato que se ha dado al Comité Europeo de Normalización (CEN) y al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC) para desarrollar unas normas de cualificación, se necesita también de la iniciativa del sector privado. La creación de las fianzas de cumplimiento de contrato constituye un ejemplo muy prometedor de este tipo de iniciativas. La Comisión sigue de cerca este tipo de iniciativas, pero no cree que su intervención sea necesaria en el momento presente. Sin embargo, observará con atención ésta y cualquier otra novedad en la materia. Si resultara que la Comisión puede aportar su colaboración a una determinada iniciativa, tomará una decisión en consecuencia basada en la información de que disponga en dicho momento.

    Top