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Document 91997E002318

PREGUNTA ESCRITA n. 2318/97 del Leonie van BLADEL al Consejo. Situación humanitaria de los presos en Marruecos

DO C 102 de 3.4.1998, p. 25 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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91997E2318

PREGUNTA ESCRITA n. 2318/97 del Leonie van BLADEL al Consejo. Situación humanitaria de los presos en Marruecos

Diario Oficial n° C 102 de 03/04/1998 p. 0025


PREGUNTA ESCRITA E-2318/97 de Leonie van Bladel (UPE) al Consejo (18 de julio de 1997)

Asunto: Situación humanitaria de los presos en Marruecos

1. ¿Conoce la Presidencia neerlandesa del Consejo las lamentables condiciones humanitarias que reinan en las prisiones de Marruecos?

2. ¿Tiene la Presidencia del Consejo la intención de celebrar consultas con las autoridades de Marruecos con objeto de que mejoren esas condiciones?

3. ¿Conoce la Presidencia del Consejo los acuerdos bilaterales celebrados entre las autoridades españolas y las autoridades marroquíes, según los cuales los ciudadanos españoles condenados en Marruecos pueden cumplir su pena en España? ¿Tiene la intención de celebrar asimismo acuerdos bilaterales con Marruecos con objeto de que los ciudadanos neerlandeses condenados en Marruecos puedan cumplir su pena en los Países Bajos?

4. Teniendo en cuenta el alto número de ciudadanos neerlandeses recluidos en la prisión de Salé, en Marruecos, ¿considera el Presidente del Consejo oportuno cerrar el Consulado de los Países Bajos en Tánger a partir del 1 de septiembre de 1997, especialmente si se tiene presente que el pasado 15 de abril una delegación consular de la UE observó en Tánger las lamentables condiciones en que viven, entre otros presos, los reclusos neerlandeses de la «Prison Civile»?

Respuesta (13 de noviembre de 1997)

El Consejo no posee datos respecto de la situación de los presos en Marruecos.

En lo que se refiere a las otras preguntas formuladas por Su Señoría, la Presidencia del Consejo no tiene competencias en la materia. Se trata de una competencia propia de un Estado miembro de la Unión.

No obstante, el Consejo quiere destacar la importancia que concede a la protección y a la promoción de los derechos humanos. Esta cuestión constituye un elemento esencial del acuerdo entre las Comunidades Europeas y el Reino de Marruecos y debe tener efecto en las políticas internas e internacionales de ambas partes. Por otra parte, la Asociación euromediterránea en la que Marruecos participa plenamente, constituye un marco privilegiado para el refuerzo del diálogo político, para la promoción de los derechos humanos y para el desarrollo del Estado de derecho y la democracia.

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