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Document 62023TN0287

Asunto T-287/23: Recurso interpuesto el 24 de mayo de 2023 — Birių Krovinių Terminalas/Consejo

DO C 252 de 17.7.2023, p. 70–71 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

17.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 252/70


Recurso interpuesto el 24 de mayo de 2023 — Birių Krovinių Terminalas/Consejo

(Asunto T-287/23)

(2023/C 252/84)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Birių Krovinių Terminalas UAB (Klaipeda, Lituania) (representante: V. Ostrovskis, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el artículo 2 octies, apartados 1 y 1 bis, de la Decisión 2012/642/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania, en su versión modificada por la Decisión 2023/421/PESC del Consejo, en la medida en que las restricciones que impone en lo que concierne a la transferencia de cloruro potásico desde Bielorrusia y las restricciones que impone a los operadores de la Unión en lo que respecta a su capacidad para facilitar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos los derivados financieros, así como los seguros y reaseguros, en relación dicha sustancia (en lo sucesivo, conjuntamente, «restricciones de que se trata») prohíben el tránsito de cloruro potásico desde Bielorrusia a través de Lituania, en particular, a través del puerto marítimo de Klaipeda.

Anule el artículo 1 decies y el anexo VIII del Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo, de 18 de mayo de 2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania, en su versión modificada por la Decisión 2023/421/PESC del Consejo, en la medida en que las restricciones de que se trata prohíben el tránsito de cloruro potásico desde Bielorrusia a través de Lituania, en particular, a través del puerto marítimo de Klaipeda.

Condene al Consejo a cargar con las costas del procedimiento, incluidas aquellas en que haya incurrido la demandante para su defensa.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en que las restricciones de que se trata adoptadas mediante los actos impugnados vulneran el principio de legalidad y seguridad jurídica.

2.

Segundo motivo, basado en que las restricciones de que se trata adoptadas mediante los actos impugnados incumplen las obligaciones de la UE para con la OMC en la medida en que limitan el tránsito de bienes a través del territorio de la Unión a otros miembros de la OMC vulnerando así el artículo V, apartado 2, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de 1994).

3.

Tercer motivo, basado en que las restricciones de que se trata adoptadas mediante los actos impugnados infringen el Acuerdo sobre las condiciones de tránsito de mercancías procedentes de la República de Bielorrusia a través de los puertos y otras infraestructuras de transporte de la República de Lituania, en la medida en que prohíben el tránsito de cloruro potásico desde Bielorrusia a través del territorio de Lituania.

4.

Cuarto motivo, basado en que las restricciones de que se trata adoptadas mediante los actos impugnados vulneran la libertad de tránsito establecida en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM).

5.

Quinto motivo, basado en que se ha vulnerado el derecho de la demandante a comerciar y el principio de proporcionalidad.

6.

Sexto motivo, basado en que se ha vulnerado el principio de confianza legítima.


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