EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62023TN0082

Asunto T-82/23: Recurso interpuesto el 17 de febrero de 2023 — Nextrend/EUIPO — Xiamen Axent Corporation y Axent Switzerland [Retretes (parte de –)]

DO C 121 de 3.4.2023, p. 15–16 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.4.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 121/15


Recurso interpuesto el 17 de febrero de 2023 — Nextrend/EUIPO — Xiamen Axent Corporation y Axent Switzerland [Retretes (parte de –)]

(Asunto T-82/23)

(2023/C 121/21)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Nextrend GmbH (Flörsheim am Main, Alemania) (representantes: T. Weiland y C. Corbet, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Xiamen Axent Corporation Ltd (Haicang, China), Axent Switzerland AG (Rapperswil-Jona, Suiza)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular del dibujo o modelo controvertido: Las otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Dibujo o modelo controvertido: Dibujo o modelo comunitario n.o 2769299-0001

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Tercera Sala de Recurso de la EUIPO de 7 de diciembre de 2022 en el asunto R 1604/2021-3

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Declare la invalidez del dibujo o modelo controvertido.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 62 del Reglamento (CE) n.o 6/2002 del Consejo.

Infracción del artículo 63, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 6/2002 del Consejo, en relación con el artículo 53, apartado 2, de ese mismo Reglamento.

Infracción del artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 del Consejo, en relación con el artículo 6, apartado 1, letra b), de ese mismo Reglamento.


Top