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Document 62022TN0031

Asunto T-31/22: Recurso interpuesto el 11 de enero de 2022 — Perez Lopes Pargana Calado/Tribunal de Justicia

DO C 158 de 11.4.2022, p. 9–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 158 de 11.4.2022, p. 7–7 (GA)

11.4.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 158/9


Recurso interpuesto el 11 de enero de 2022 — Perez Lopes Pargana Calado/Tribunal de Justicia

(Asunto T-31/22)

(2022/C 158/10)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: Ana Teresa Perez Lopes Pargana Calado (Lisboa, Portugal) (representante: M. Marques Matias, abogada)

Demandada: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Considere nula, por infundada, la decisión relativa a la demandante en el contexto del presente procedimiento.

Sustituya dicha decisión por otra que indique si se admite a la demandante o no, y, en caso de que no sea admitida, los motivos considerados en su perjuicio en comparación con los demás candidatos y en relación con el anuncio de licitación.

Revise y sustituya la decisión por otra que admita a la demandante, en los mismos términos que a los demás licitadores.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.

1.

Primer motivo, basado en una violación del principio de igualdad: la decisión no es equitativa en relación con los demás candidatos.

2.

Segundo motivo, basado en la imposibilidad de aplicación de la infracción por ser esta ilegal.

3.

Tercer motivo, basado en las indicaciones recibidas del Tribunal de Justicia para terminar una traducción en curso.

4.

Cuarto motivo, basado en que toda la documentación entregada es conforme con los requisitos y en que en la decisión de no aceptarla no constan los motivos de exclusión.

5.

Quinto motivo, basado en que la declaración entregada debería haber sido retirada del expediente y no perjudicar a la candidata, pues no formaba parte de la documentación solicitada.

6.

Sexto motivo, basado en una vulneración del derecho a ser oída antes de la adopción de las medidas de exclusión de la licitación sobre la base de una supuesta infracción (artículo 41, apartado 2, primer guion, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea).

7.

Séptimo motivo, basado en el incumplimiento de la obligación que incumbe a la administración de motivar sus decisiones (artículo 41, apartado 2, tercer guion, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea).


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