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Document 62022CN0568
Case C-568/22 P: Appeal brought on 25 August 2022 by YT, YU against the judgment of the General Court (Eighth Chamber) delivered on 15 June 2022 in Case T-532/16, YT and YU v Commission
Asunto C-568/22 P: Recurso de casación interpuesto el 25 de agosto de 2022 por YT, YU contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 15 de junio de 2022 en el asunto T-532/16, YT y YU/Comisión
Asunto C-568/22 P: Recurso de casación interpuesto el 25 de agosto de 2022 por YT, YU contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 15 de junio de 2022 en el asunto T-532/16, YT y YU/Comisión
DO C 441 de 21.11.2022, p. 13–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
21.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 441/13 |
Recurso de casación interpuesto el 25 de agosto de 2022 por YT, YU contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 15 de junio de 2022 en el asunto T-532/16, YT y YU/Comisión
(Asunto C-568/22 P)
(2022/C 441/18)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrentes: YT, YU (representantes: L. Levi, J.-N. Louis, avocats)
Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Parlamento Europeo, Consejo de la Unión Europea
Pretensiones de la parte recurrente
Las partes recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:
— |
Anule la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 15 de junio de 2022 en el asunto T-532/16, YT y YU/Comisión. |
— |
Resuelva sobre el fondo del asunto y declare fundado el recurso en primera instancia de las recurrentes. |
— |
Condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las recurrentes invocan dos motivos.
El primer motivo está basado en una supuesta infracción del artículo 45 TFUE, en el incumplimiento por el Tribunal General de su obligación de motivación, en un error de calificación jurídica y en la desnaturalización del expediente.
Mediante el segundo motivo se invoca la violación de la finalidad del artículo 8 del anexo VII del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y la vulneración del principio general de proporcionalidad.