Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62022CN0281

    Asunto C-281/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Wien (Austria) el 25 de abril de 2022 — G. K., B. O. D. GmbH, S. L.

    DO C 318 de 22.8.2022, p. 23–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.8.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 318/23


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Wien (Austria) el 25 de abril de 2022 — G. K., B. O. D. GmbH, S. L.

    (Asunto C-281/22)

    (2022/C 318/32)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Oberlandesgericht Wien

    Partes en el procedimiento principal

    Partes encausadas y recurrentes: G. K., B. O. D. GmbH, S. L.

    Otra parte: Österreichischer Delegierter Europäischer Staatsanwalt

    Cuestiones prejudiciales

    1.

    ¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión, en particular los artículos 31, apartado 3, párrafo primero, y 32 del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, (1) en el sentido de que, en una investigación transfronteriza, cuando sea necesaria la autorización judicial de una medida que se haya de ejecutar en el Estado miembro del Fiscal Europeo Delegado asistente, debe llevarse a cabo un examen de todos los aspectos sustantivos, como la punibilidad, la sospecha, la necesidad y la proporcionalidad?

    2.

    ¿Debe tenerse en cuenta en dicho examen si un órgano jurisdiccional ya ha examinado, en el Estado miembro del Fiscal Europeo Delegado encargado, la admisibilidad de la medida con arreglo al Derecho de dicho Estado miembro?

    3.

    En caso de respuesta negativa a la primera cuestión o de respuesta afirmativa a la segunda cuestión, ¿cuál es el alcance del examen judicial que ha de llevarse a cabo en el Estado miembro del Fiscal Europeo Delegado asistente?


    (1)  DO 2017, L 283, p. 1.


    Top