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Document 62021TN0072

Asunto T-72/21: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2021 — Bowden y Young/Europol

DO C 98 de 22.3.2021, p. 33–34 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.3.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 98/33


Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2021 — Bowden y Young/Europol

(Asunto T-72/21)

(2021/C 98/38)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Ian James Bowden (La Haya, Países Bajos) y Janey Young (La Haya) (representante: N. de Montigny, abogada)

Demandada: Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule las decisiones individuales de 30 de marzo de 2020 de no reconocerles una excepción al requisito de nacionalidad previsto en el artículo 12, apartado 2, letra a), del ROA y, en consecuencia, de poner fin a sus respectivos contratos sobre la base del artículo 47 del ROA con un preaviso que dará inicio «al término del período transitorio», a saber, el 31 de diciembre de 2020 según el Acuerdo de Retirada.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, los demandantes invocan seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en la ilegalidad del procedimiento y de los criterios aplicados, en un error de Derecho y en un error de interpretación, en la falta de transparencia, de claridad y de seguridad jurídica, de previsibilidad y en el incumplimiento del deber de buena administración en el marco de la adopción de un procedimiento de excepción.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración de las expectativas legítimas, en la inexistencia de examen individual y pormenorizado del expediente, en la adopción de decisiones arbitrarias, en desviación de poder y en la falta de motivación.

3.

Tercer motivo, basado en el incumplimiento del deber de asistencia.

4.

Cuarto motivo, basado en el menoscabo del derecho a ser oído de manera efectiva.

5.

Quinto motivo, basado en la violación del principio de igualdad de trato y de prohibición de cualquier discriminación.

6.

Sexto motivo, basado en un error manifiesto de apreciación.


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