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Document 62021CB0592
Case C-592/21: Order of the Court (Eighth Chamber) of 30 September 2022 (request for a preliminary ruling from the Administratīvā rajona tiesa — Latvia) — ‘ĒDIENS & KM.LV’ PS v Ieslodzījuma vietu pārvalde, Iepirkumu uzraudzības birojs (Reference for a preliminary ruling — Article 99 of the Rules of Procedure of the Court — Public procurement — Directive 2014/24/EU — Conduct of the procedure — Choice of participants — Selection criteria — Technical and professional capacities — Article 58(4) — Forms of evidence — European Single Procurement Document — Article 59 — Reliance on the capacities of other entities — Article 63(1) — Group of economic operators — Condition relating to professional experience to be satisfied by the member of the group responsible, in the event of the award of the contract, for performing the activities requiring that experience — Condition not provided for in the procurement documents — Status of general partnership unaffected by the system of joint and several liability)
Asunto C-592/21: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administratīvā rajona tiesa — Letonia) — «ĒDIENS & KM.LV» PS / Ieslodzījuma vietu pārvalde, Iepirkumu uzraudzības birojs (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Contratación pública — Directiva 2014/24/UE — Desarrollo del procedimiento — Selección de los participantes — Criterios de selección — Capacidades técnicas y profesionales — Artículo 58, apartado 4 — Medios de prueba — Documento europeo único de contratación — Artículo 59 — Recurso a las capacidades de otras entidades — Artículo 63, apartado 1 — Agrupación de operadores económicos — Requisito relativo a la experiencia profesional que debe cumplir el miembro de la agrupación encargado, en caso de adjudicación del contrato, de la ejecución de las actividades que requieren dicha experiencia — Requisito no previsto en los pliegos de la contratación — Inexistencia de incidencia del régimen de responsabilidad solidaria en el marco del estatuto de una sociedad colectiva)
Asunto C-592/21: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administratīvā rajona tiesa — Letonia) — «ĒDIENS & KM.LV» PS / Ieslodzījuma vietu pārvalde, Iepirkumu uzraudzības birojs (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Contratación pública — Directiva 2014/24/UE — Desarrollo del procedimiento — Selección de los participantes — Criterios de selección — Capacidades técnicas y profesionales — Artículo 58, apartado 4 — Medios de prueba — Documento europeo único de contratación — Artículo 59 — Recurso a las capacidades de otras entidades — Artículo 63, apartado 1 — Agrupación de operadores económicos — Requisito relativo a la experiencia profesional que debe cumplir el miembro de la agrupación encargado, en caso de adjudicación del contrato, de la ejecución de las actividades que requieren dicha experiencia — Requisito no previsto en los pliegos de la contratación — Inexistencia de incidencia del régimen de responsabilidad solidaria en el marco del estatuto de una sociedad colectiva)
DO C 441 de 21.11.2022, p. 2–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
21.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 441/2 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administratīvā rajona tiesa — Letonia) — «ĒDIENS & KM.LV» PS / Ieslodzījuma vietu pārvalde, Iepirkumu uzraudzības birojs
(Asunto C-592/21) (1)
(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Contratación pública - Directiva 2014/24/UE - Desarrollo del procedimiento - Selección de los participantes - Criterios de selección - Capacidades técnicas y profesionales - Artículo 58, apartado 4 - Medios de prueba - Documento europeo único de contratación - Artículo 59 - Recurso a las capacidades de otras entidades - Artículo 63, apartado 1 - Agrupación de operadores económicos - Requisito relativo a la experiencia profesional que debe cumplir el miembro de la agrupación encargado, en caso de adjudicación del contrato, de la ejecución de las actividades que requieren dicha experiencia - Requisito no previsto en los pliegos de la contratación - Inexistencia de incidencia del régimen de responsabilidad solidaria en el marco del estatuto de una sociedad colectiva)
(2022/C 441/02)
Lengua de procedimiento: letón
Órgano jurisdiccional remitente
Administratīvā rajona tiesa
Partes en el procedimiento principal
Demandante:«ĒDIENS & KM.LV» PS
Demandada: Ieslodzījuma vietu pārvalde, Iepirkumu uzraudzības birojs
Fallo
El artículo 63, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, en relación con su artículo 59,
debe interpretarse en el sentido de que
cuando haya quedado acreditado que, en caso de adjudicación de un contrato público de servicios a una agrupación de operadores económicos, la ejecución de las actividades para las que se requiere experiencia será confiada a un solo miembro de la agrupación, la agrupación licitadora únicamente podrá hacer uso, a fin de demostrar que cumple un requisito relativo a la experiencia impuesta por el poder adjudicador conforme al artículo 58, apartado 4, de dicha Directiva, de la experiencia de dicho miembro de esa agrupación y ello aunque los pliegos de la contratación no prevean expresamente que los miembros de una agrupación de operadores económicos deban cumplir individualmente ese requisito.
(1) Fecha de presentación: 22.9.2021.