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Document 62021CA0540

Asunto C-540/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de junio de 2023 — Comisión Europea / República Eslovaca [Incumplimiento de Estado — Viajes combinados y servicios de viaje vinculados — Directiva (UE) 2015/2302 — Artículo 12, apartados 2 a 4 — Terminación del contrato de viaje combinado — Circunstancias inevitables y extraordinarias — Pandemia de COVID-19 — Reembolso de los pagos que el viajero afectado haya realizado por el viaje combinado — Reembolso en forma de una cantidad de dinero o en forma de viaje combinado alternativo — Obligación de reembolsar al viajero en un plazo no superior a 14 días a partir de la terminación del contrato de que se trate — Excepción temporal a esta obligación]

DO C 261 de 24.7.2023, p. 24–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

24.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 261/24


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de junio de 2023 — Comisión Europea / República Eslovaca

(Asunto C-540/21) (1)

(Incumplimiento de Estado - Viajes combinados y servicios de viaje vinculados - Directiva (UE) 2015/2302 - Artículo 12, apartados 2 a 4 - Terminación del contrato de viaje combinado - Circunstancias inevitables y extraordinarias - Pandemia de COVID-19 - Reembolso de los pagos que el viajero afectado haya realizado por el viaje combinado - Reembolso en forma de una cantidad de dinero o en forma de viaje combinado alternativo - Obligación de reembolsar al viajero en un plazo no superior a 14 días a partir de la terminación del contrato de que se trate - Excepción temporal a esta obligación)

(2023/C 261/33)

Lengua de procedimiento: eslovaco

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: R. Lindenthal, I. Rubene, A. Tokár, agentes)

Demandada: República Eslovaca (representante: B. Ricziová, agente)

Coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de Dinamarca (representantes: inicialmente V. Pasternak Jørgensen y M. Søndahl Wolff, agentes, posteriormente M. Søndahl Wolff, agentes)

Fallo

1)

Declarar que la República Eslovaca ha incumplido la obligación que le incumbe en virtud del artículo 12, apartados 2, 3, letra b), y 4, de la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo, en relación con el artículo 4 de la Directiva 2015/2302, al introducir, mediante la adopción de la zákon č. 136/2020 Z. z. (Ley n.o 136/2020 Rec.), de 20 de mayo de 2020, el artículo 33a en la zákon č. 170/2018 Z. z. o zájazdoch, spojených službách cestovného ruchu, niektorých podmienkach podnikania v cestovnom ruchu a o zmene a doplnení niektorých zákonov (Ley n.o 170/2018 Rec., sobre viajes combinados, servicios turísticos vinculados y determinados requisitos para el ejercicio de la actividad turística, que modifica y completa determinadas leyes), de 15 de mayo de 2018.

2)

Condenar en costas a la República Eslovaca.


(1)  DO C 431 de 25.10.2021.


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