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Document 62021CA0402

    Asunto C-402/21, Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid y otros (Revocación del derecho de residencia de un trabajador turco): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 9 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / S y E, C / Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Procedimiento prejudicial — Acuerdo de Asociación CEE-Turquía — Decisión n.° 1/80 — Artículos 6 y 7 — Nacionales turcos ya integrados en el mercado de trabajo del Estado miembro de acogida que gozan de un derecho de residencia correlativo — Decisiones de las autoridades nacionales por las que se revoca el derecho de residencia de nacionales turcos que llevan residiendo legalmente en el Estado miembro de que se trate más de veinte años debido a que representan una amenaza actual, real y suficientemente grave para un interés fundamental de la sociedad — Artículo 13 — Cláusula de standstill — Artículo 14 — Justificación — Razones de orden público)

    DO C 112 de 27.3.2023, p. 3–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    27.3.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 112/3


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 9 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / S y E, C / Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

    [Asunto C-402/21, (1) Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid y otros (Revocación del derecho de residencia de un trabajador turco)]

    (Procedimiento prejudicial - Acuerdo de Asociación CEE-Turquía - Decisión n.o 1/80 - Artículos 6 y 7 - Nacionales turcos ya integrados en el mercado de trabajo del Estado miembro de acogida que gozan de un derecho de residencia correlativo - Decisiones de las autoridades nacionales por las que se revoca el derecho de residencia de nacionales turcos que llevan residiendo legalmente en el Estado miembro de que se trate más de veinte años debido a que representan una amenaza actual, real y suficientemente grave para un interés fundamental de la sociedad - Artículo 13 - Cláusula de standstill - Artículo 14 - Justificación - Razones de orden público)

    (2023/C 112/03)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Raad van State

    Partes en el procedimiento principal

    Demandantes: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid, E, C

    Demandadas: S, Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

    Fallo

    1)

    El artículo 13 de la Decisión n.o 1/80 del Consejo de Asociación, de 19 de septiembre de 1980, relativa al desarrollo de la Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía,

    debe interpretarse en el sentido de que

    puede ser invocado por los nacionales turcos que ya gozan de los derechos a que se refieren los artículos 6 o 7 de esta Decisión.

    2)

    El artículo 14 de la Decisión n.o 1/80

    debe interpretarse en el sentido de que

    los nacionales turcos que, a juicio de las autoridades nacionales competentes del Estado miembro de que se trate, constituyan una amenaza real, actual y suficientemente grave para un interés de la sociedad pueden invocar el artículo 13 de esta Decisión para oponerse a que se les aplique una «nueva restricción», en el sentido de dicha disposición, que permita a estas autoridades poner fin a su derecho de residencia por razones de orden público. Tal restricción puede estar justificada con arreglo al artículo 14 de la citada Decisión siempre que sea adecuada para garantizar la realización del objetivo de protección del orden público perseguido y no vaya más allá de lo necesario para alcanzarlo.


    (1)  DO C 391 de 27.9.2021.


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