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Document 62021CA0007

Asunto C-7/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 7 de julio de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bezirksgericht Bleiburg — Austria) — LKW WALTER Internationale Transportorganisation AG / CB, DF, GH [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Notificación y traslado de documentos — Reglamento (CE) n.° 1393/2007 — Artículo 8, apartado 1 — Plazo de una semana para ejercer el derecho a negarse a aceptar el documento — Auto de ejecución forzosa dictado en un Estado miembro y notificado en otro Estado miembro únicamente en la lengua del primer Estado miembro — Normativa del primer Estado miembro que establece un plazo de ocho días para formular oposición contra dicho auto — Plazo de oposición que comienza a correr al mismo tiempo que el plazo establecido para ejercer el derecho a negarse a aceptar el documento — Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Derecho a la tutela judicial efectiva]

DO C 318 de 22.8.2022, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 318/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 7 de julio de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bezirksgericht Bleiburg — Austria) — LKW WALTER Internationale Transportorganisation AG / CB, DF, GH

(Asunto C-7/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia civil - Notificación y traslado de documentos - Reglamento (CE) n.o 1393/2007 - Artículo 8, apartado 1 - Plazo de una semana para ejercer el derecho a negarse a aceptar el documento - Auto de ejecución forzosa dictado en un Estado miembro y notificado en otro Estado miembro únicamente en la lengua del primer Estado miembro - Normativa del primer Estado miembro que establece un plazo de ocho días para formular oposición contra dicho auto - Plazo de oposición que comienza a correr al mismo tiempo que el plazo establecido para ejercer el derecho a negarse a aceptar el documento - Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Derecho a la tutela judicial efectiva)

(2022/C 318/06)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bezirksgericht Bleiburg

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: LKW WALTER Internationale Transportorganisation AG

Recurridas: CB, DF, GH

Fallo

El artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos») y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1348/2000 del Consejo, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

debe interpretarse en el sentido de que

se opone a una normativa del Estado miembro de la autoridad que haya emitido un documento que deba notificarse o trasladarse, en virtud de la cual el inicio del cómputo del plazo de una semana, contemplado en el artículo 8, apartado 1, en el que el destinatario de tal documento podrá negarse a aceptarlo por alguno de los motivos previstos en dicha disposición, coincide con el inicio del cómputo del plazo para interponer un recurso contra el referido documento en ese Estado miembro.


(1)  DO C 88 de 15.3.2021.


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