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Document 62020TN0114
Case T-114/20: Action brought on 19 February 2020 — Alvargonzález Ramos v EUIPO — Ursus-3 Capital, A.V. (URSUS Kapital)
Asunto T-114/20: Recurso interpuesto el 19 de febrero de 2020 — Alvargonzález Ramos/EUIPO — Ursus-3 Capital, A.V. (URSUS Kapital)
Asunto T-114/20: Recurso interpuesto el 19 de febrero de 2020 — Alvargonzález Ramos/EUIPO — Ursus-3 Capital, A.V. (URSUS Kapital)
DO C 129 de 20.4.2020, p. 17–18
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
20.4.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 129/17 |
Recurso interpuesto el 19 de febrero de 2020 — Alvargonzález Ramos/EUIPO — Ursus-3 Capital, A.V. (URSUS Kapital)
(Asunto T-114/20)
(2020/C 129/22)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: Pablo Erik Alvargonzález Ramos (Madrid, España) (representante: E. Sugrañes Coca, abogada)
Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Ursus-3 Capital, A.V., SA (Madrid, España)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: Parte demandante ante el Tribunal General
Marca controvertida: Marca figurativa URSUS Kapital — Marca de la Unión Europea n.o 5 641 303
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de anulación
Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 10 de diciembre de 2019 en el asunto R 711/2019-5
Pretensiones
El demandante solicita al Tribunal General que:
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dicte sentencia modificando la resolución impugnada y desestimando la solicitud de anulación por falta de uso presentada contra la marca de la Unión Europea registrada n.o 5 641 303 URSUS Kapital (figurativa), en relación a los servicios de «negocios financieros» de la clase 36; y que declare que la marca n.o 5 641 303 sí que ha sido efectivamente usada para «negocios financieros»; |
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subsidiariamente, dicte sentencia por la que, modificando la resolución impugnada, desestimando la solicitud de anulación por falta de uso presentada contra la marca de la Unión Europea registrada n.o 5 641 303 URSUS Kapital (figurativa), en relación a los servicios de «negocios financieros» de la clase 36, declare que la marca n.o 5 641 303 sí que ha sido efectivamente usada para, al menos, «negocios financieros, a saber, servicios de inversión, inversión de fondos, análisis de inversiones, gestión y administración de inversiones, asesoramiento sobre inversiones y servicios de inversión en bienes inmuebles»; |
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subsidiariamente, anule la resolución impugnada; |
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condene a la EUIPO al pago de las costas del presente procedimiento. |
Motivos invocados
Infracción de los artículos 18 y 58 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo y del artículo 10 del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 de la Comisión.