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Dokumentas 62020TA0230

Asunto T-230/20: Sentencia del Tribunal General de 7 de diciembre de 2022 — PNB Banka/BCE [«Política económica y monetaria — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Reglamento (UE) n.° 1024/2013 — Tareas específicas de supervisión encomendadas al BCE — Decisión por la que se revoca la autorización de la entidad de crédito PNB Banka — Propuesta de revocación de la autorización de la autoridad nacional competente — Resolución de declaración de insolvencia de PNB Banka — Plazo razonable — Obligación de motivación — Proporcionalidad»]

DO C 35 de 30.1.2023, p. 47—48 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.1.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 35/47


Sentencia del Tribunal General de 7 de diciembre de 2022 — PNB Banka/BCE

(Asunto T-230/20) (1)

(«Política económica y monetaria - Supervisión prudencial de las entidades de crédito - Reglamento (UE) n.o 1024/2013 - Tareas específicas de supervisión encomendadas al BCE - Decisión por la que se revoca la autorización de la entidad de crédito PNB Banka - Propuesta de revocación de la autorización de la autoridad nacional competente - Resolución de declaración de insolvencia de PNB Banka - Plazo razonable - Obligación de motivación - Proporcionalidad»)

(2023/C 35/54)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: PNB Banka AS (Riga, Letonia) (representante: O. Behrends, abogado)

Demandada: Banco Central Europeo (representantes: C. Hernández Saseta, F. Bonnard y V. Hümpfner, agentes)

Parte coadyuvante, en apoyo de la parte demandada: Republica de Letonia (representantes: K. Pommere, J. Davidoviča y E. Bārdiņš, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 17 de febrero de 2020, ECB-SSM-220-LVPNB-1, WHD-2019-0016, por la que se procede a la revocación de su autorización como entidad de crédito.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a PNB Banka AS a cargar, además de con sus propias costas, con las del Banco Central Europeo (BCE), incluidas las correspondientes al procedimiento de medidas provisionales.

3)

La República de Letonia cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 209 de 22.6.2020.


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