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Document 62019TN0061

    Asunto T-61/19: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2019 — Drex Technologies/Consejo

    DO C 139 de 15.4.2019, p. 64–65 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.4.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 139/64


    Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2019 — Drex Technologies/Consejo

    (Asunto T-61/19)

    (2019/C 139/67)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Drex Technologies SA (Tórtola, Islas Vírgenes Británicas) (representante: E. Ruchat, abogado)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Declare el recurso de la demandante admisible y fundado.

    En consecuencia, condene a la Unión Europea a resarcir la totalidad de los perjuicios sufridos por la demandante por el importe que el Tribunal General fije equitativamente.

    Con carácter subsidiario, ordene el nombramiento de un experto para establecer la amplitud total de los perjuicios sufridos por la demandante.

    Condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la demandante invoca un motivo principal y otro subsidiario, basados en los perjuicios que alega haber sufrido y cuya responsabilidad atribuye al Consejo de la Unión Europea.

    El motivo principal se basa en la ilegalidad de las medidas restrictivas controvertidas, esto es, la Decisión (PESC) 2018/778 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y sus actos sucesivos de ejecución. A su entender, en primer lugar, incumplen el deber de motivación establecido en los artículos 296 TFUE y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en segundo lugar, atentan contra el derecho de propiedad de la demandante y contra el derecho al respeto de su reputación. Alega asimismo que dicha vulneración ha sido la causa directa de que se le irroguen importantes perjuicios morales y materiales, consistentes, respectivamente, en la lesión de su reputación, por una parte, y en la rescisión de contratos, pérdidas materiales y pérdidas de ingresos, por otra parte, por los que considera que tiene derecho a exigir resarcimiento.

    Por su parte, el motivo subsidiario se basa en la existencia de un régimen objetivo de responsabilidad de la Unión Europea.


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