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Document 62018TN0547

Asunto T-547/18: Recurso interpuesto el 14 de septiembre de 2018 — Teeäär/BCE

DO C 427 de 26.11.2018, p. 84–85 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.11.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 427/84


Recurso interpuesto el 14 de septiembre de 2018 — Teeäär/BCE

(Asunto T-547/18)

(2018/C 427/111)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Raivo Teeäär (Tallinn, Estonia) (representante: L. Levi, abogada)

Demandada: Banco Central Europeo (BCE)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión del Consejo Ejecutivo del BCE de 27 de febrero de 2018 por la que se deniega la solicitud del demandante de una ayuda para proseguir su carrera fuera del BCE.

En caso necesario, anule la decisión del Consejo Ejecutivo fechada el 3 de julio de 2018, por la que se desestima el recurso especial interpuesto por el demandante contra la decisión del Consejo Ejecutivo de 27 de febrero de 2018.

Conceda al demandante una indemnización por los perjuicios materiales que alega haber sufrido, equivalentes a la ayuda económica para proseguir su carrera fuera del BCE, estimada en un importe de 101 447 EUR, incrementado con los intereses de demora calculados al tipo del Banco Central Europeo para sus operaciones principales de refinanciación, más tres puntos porcentuales por año.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la ilegalidad del artículo 2.3.1 del Reglamento de Personal del BCE, ya que esta norma infringe el principio de igualdad de trato y el principio de proporcionalidad. Asimismo, alega que la decisión impugnada adolece de un error manifiesto de valoración.

2.

Segundo motivo, basado en la ilegalidad del artículo 2.3.1 del Reglamento de Personal, ya que esta norma discrimina por razón de la edad, por lo cual contraviene lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en los artículos 2 y 6, apartado 1, de la Directiva 2000/78. (1)

3.

Tercer motivo, basado, con carácter subsidiario, en que la decisión impugnada es ilegal debido a un error manifiesto de valoración y al incumplimiento del deber de diligencia.

4.

Cuarto motivo, basado, con carácter subsidiario, en la infracción de lo dispuesto en el artículo 2.3.1 del Reglamento de Personal.


(1)  Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DO 2000, L 303, p. 16).


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