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Document 62018CA0270
Case C-270/18: Judgment of the Court (Fifth Chamber) of 16 October 2019 (request for a preliminary ruling from the Conseil d’État — France) — UPM France v Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics (Reference for a preliminary ruling — Directive 2003/96/EC — Taxation of energy products and electricity — Third subparagraph of Article 21(5) — Exemption of small producers of electricity, subject to the taxation of electricity produced — Lack, during an authorised transitional period, of an internal tax on end consumption of electricity — Article 14(1)(a) — Obligation to exempt energy products and electricity used to produce electricity)
Asunto C-270/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 16 de octubre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — UPM France/Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics (Procedimiento prejudicial — Directiva 2003/96/CE — Imposición de los productos energéticos y de la electricidad — Artículo 21, apartado 5, párrafo tercero — Exención de los pequeños productores de electricidad, supeditada a la imposición de la electricidad producida — Ausencia, durante el período transitorio otorgado, de un impuesto interno sobre el consumo final de electricidad — Artículo 14, apartado 1, letra a) — Obligación de exención de imposición de los productos energéticos utilizados para producir electricidad)
Asunto C-270/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 16 de octubre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — UPM France/Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics (Procedimiento prejudicial — Directiva 2003/96/CE — Imposición de los productos energéticos y de la electricidad — Artículo 21, apartado 5, párrafo tercero — Exención de los pequeños productores de electricidad, supeditada a la imposición de la electricidad producida — Ausencia, durante el período transitorio otorgado, de un impuesto interno sobre el consumo final de electricidad — Artículo 14, apartado 1, letra a) — Obligación de exención de imposición de los productos energéticos utilizados para producir electricidad)
DO C 423 de 16.12.2019, p. 10–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
16.12.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 423/10 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 16 de octubre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — UPM France/Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
(Asunto C-270/18) (1)
(Procedimiento prejudicial - Directiva 2003/96/CE - Imposición de los productos energéticos y de la electricidad - Artículo 21, apartado 5, párrafo tercero - Exención de los pequeños productores de electricidad, supeditada a la imposición de la electricidad producida - Ausencia, durante el período transitorio otorgado, de un impuesto interno sobre el consumo final de electricidad - Artículo 14, apartado 1, letra a) - Obligación de exención de imposición de los productos energéticos utilizados para producir electricidad)
(2019/C 423/11)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Demandante: UPM France
Demandadas: Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
Fallo
El artículo 21, apartado 5, párrafo tercero, segunda frase, de la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, debe interpretarse en el sentido de que la exención que prevé dicha disposición para los pequeños productores de electricidad, siempre que, como excepción a lo dispuesto en el artículo 14, apartado 1, letra a), de esa Directiva, los productos energéticos utilizados para producir esa electricidad se sometan a imposición, no podía ser aplicada por la República Francesa durante el período transitorio que se le concedió, de conformidad con el artículo 18, apartado 10, párrafo segundo, de la citada Directiva, hasta el 1 de abril de 2009 y durante el cual ese Estado miembro no estableció el régimen fiscal de la electricidad previsto por la misma Directiva.