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Document 62017CN0371

    Asunto C-371/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 19 de junio de 2017 — Uber BV/Richard Leipold

    DO C 318 de 25.9.2017, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    25.9.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 318/5


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 19 de junio de 2017 — Uber BV/Richard Leipold

    (Asunto C-371/17)

    (2017/C 318/08)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Bundesgerichtshof

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente en casación: Uber BV

    Recurrida en casación: Richard Leipold

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Debe entenderse que una empresa que, en colaboración con empresas de alquiler de vehículos autorizados para el transporte de personas, ofrece una aplicación para teléfonos inteligentes mediante la que los usuarios pueden solicitar vehículos de alquiler con conductor está prestando por sí misma un servicio en el ámbito del transporte a los efectos del artículo 58 TFUE, apartado 1, y del artículo 2, apartado 2, letra d), de la Directiva 2006/123, (1) teniendo en cuenta que la actividad organizativa de esta empresa está estrechamente vinculada a la prestación del servicio de transporte y, en particular, que dicha empresa

    determina la tarificación, la gestión de las operaciones de pago y las condiciones del servicio de transporte relativas a las carreras

    y

    hace publicidad de los vehículos que facilita, utilizando para ello su denominación comercial y aplicando asimismo descuentos uniformes?

    En caso de respuesta negativa a la primera cuestión:

    2)

    ¿Cabe justificar la prohibición de unos servicios como los que son objeto del litigio en virtud del objetivo de la salvaguarda de la competitividad y operatividad del transporte en taxi, bajo el aspecto de la protección del orden público a efectos artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2006/123, habida cuenta de la situación actual del tráfico?


    (1)  Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO 2006, L 376, p. 36).


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