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Document 62017CA0423

    Asunto C-423/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 14 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof Den Haag — Países Bajos) — Staat der Nederlanden/Warner-Lambert Company LLC (Procedimiento prejudicial — Medicamentos para uso humano — Directiva 2001/83/CE — Artículo 11 — Medicamentos genéricos — Resumen de las características del producto — Exclusión de referencias que remiten a indicaciones o a formas de dosificación aún protegidas por el Derecho de patentes en el momento en que el medicamento genérico ha sido comercializado)

    DO C 131 de 8.4.2019, p. 6–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    8.4.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 131/6


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 14 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof Den Haag — Países Bajos) — Staat der Nederlanden/Warner-Lambert Company LLC

    (Asunto C-423/17) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Medicamentos para uso humano - Directiva 2001/83/CE - Artículo 11 - Medicamentos genéricos - Resumen de las características del producto - Exclusión de referencias que remiten a indicaciones o a formas de dosificación aún protegidas por el Derecho de patentes en el momento en que el medicamento genérico ha sido comercializado)

    (2019/C 131/07)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Gerechtshof Den Haag

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Staat der Nederlanden

    Demandada: Warner-Lambert Company LLC

    Fallo

    El artículo 11, párrafo segundo, de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano, en su versión modificada por la Directiva 2012/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, debe interpretarse en el sentido de que, en un procedimiento de autorización de comercialización como el controvertido en el litigio principal, la comunicación a la autoridad nacional competente por el solicitante o el titular de una autorización de comercialización de un medicamento genérico del prospecto o de un resumen de las características del producto de ese medicamento que no incluye referencia alguna que remita a indicaciones o a formas de dosificación que estaban aún protegidas por el Derecho de patentes en el momento en que ese medicamento fue comercializado constituye una solicitud de limitación del ámbito de la autorización de comercialización del medicamento genérico de que se trata.


    (1)  DO C 318 de 25.9.2017.


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