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Document 62016TN0379

    Asunto T-379/16: Recurso interpuesto el 18 de julio de 2016 — Basicmed Enterprises y otros/Consejo y otros

    DO C 383 de 17.10.2016, p. 14–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    17.10.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 383/14


    Recurso interpuesto el 18 de julio de 2016 — Basicmed Enterprises y otros/Consejo y otros

    (Asunto T-379/16)

    (2016/C 383/20)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: Basicmed Enterprises Ltd (Limassol, Chipre) y otros 19 (representantes: P. Tridimas, Barrister, y K. Kakoulli, P. Panayides y C. Pericleous, abogados)

    Demandadas: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Banco Central Europeo, Eurogrupo, Unión Europea

    Pretensiones

    Las demandantes solicitan al Tribunal General que:

    Condene a las demandadas a pagar a las demandantes las cantidades señaladas en el documento anexo a la demanda, más los intereses devengados desde el 16 de marzo de 2013 hasta la fecha en que el Tribunal dicte sentencia.

    Condene en costas a las demandadas.

    Con carácter subsidiario, las demandantes solicitan al Tribunal General que:

    Declare que la Unión Europea y/o las instituciones demandadas han incurrido en responsabilidad extracontractual.

    Señale cuál es el procedimiento que debe seguirse para determinar las pérdidas recuperables sufridas de hecho por las demandantes.

    Condene en costas a las demandadas.

    Motivos y principales alegaciones

    Las demandantes reclaman una indemnización en virtud de los artículos 268 TFUE, 340 TFUE, párrafo segundo, y 340 TFUE, párrafo tercero, que regulan la responsabilidad extracontractual de la Unión Europea y del Banco Central Europeo, por los daños sufridos como consecuencia de la disminución de los depósitos de las demandantes a causa del régimen de recapitalización interna («bail-in») para la República de Chipre adoptado por las demandadas.

    Las demandantes consideran que las medidas de recapitalización interna adoptadas por la República de Chipre se introdujeron únicamente en ejecución de las medidas adoptadas por las demandadas y que fueron asimismo aprobadas por las instituciones demandadas. Las demandantes afirman que el régimen de recapitalización interna constituye una infracción grave y, en apoyo de su recurso, invocan cuatro motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en la vulneración del derecho de propiedad, tal como aparece recogido en el artículo 17, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el artículo 1 del Protocolo 1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

    2.

    Segundo motivo, basado en la vulneración del principio de proporcionalidad.

    3.

    Tercer motivo, basado en la vulneración del principio de protección de la confianza legítima.

    4.

    Cuarto motivo, basado en la vulneración del principio de no discriminación.


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