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Document 62016TN0087

Asunto T-87/16: Recurso interpuesto el 26 de febrero de 2016 — Eurofast/Comisión

DO C 136 de 18.4.2016, p. 40–41 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

18.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 136/40


Recurso interpuesto el 26 de febrero de 2016 — Eurofast/Comisión

(Asunto T-87/16)

(2016/C 136/56)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Eurofast SARL (París, Francia) (representante: S.A. Pappas, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de compensación de la Comisión de 17 de diciembre de 2015.

Declare infundado el crédito que la Comisión alega tener frente a Eurofast en virtud del contrato ASSET.

Declare que son admisibles todos los gastos efectuados en el proyecto ASSET, a saber, 507 574 euros, y que la Comisión confirme la legitimidad de la financiación, tal como se especifica en el «Grant Agreement», a saber, 365 639 euros.

Exija a la Comisión abonar el importe de 69 923,68 euros en concepto del contrato EKSISTENZ, más los correspondientes intereses de demora.

Condene a la Comisión a abonar la indemnización contractual.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos, para fundamentar, respectivamente, su pretensión de anulación de la decisión de compensación que figura en el escrito de la Comisión de 17 de diciembre de 2015 y su pretensión declarativa de la inexistencia del crédito contractual controvertido.

1.

Primer motivo, basado en la infracción de los artículos 78 y 80 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo, y del punto II.21 del «FP7 Grant Agreement, Annex II — General Conditions», y en la vulneración del principio de buena fe del artículo 1134 del Código Civil belga y de los principios de confianza legítima y de seguridad jurídica.

2.

Segundo motivo, basado en la infracción de las normas contractuales de las Condiciones Generales del contrato de subvención ASSET y en la comisión de un error manifiesto de apreciación de las normas relativas a los gastos admisibles.


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