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Document 62016CN0514

    Asunto C-514/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação de Guimarães (Portugal) el 3 de octubre de 2016 — Isabel Maria Pinheiro Vieira Rodrigues/José Manuel Proença Salvador y otros

    DO C 475 de 19.12.2016, p. 12–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.12.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 475/12


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação de Guimarães (Portugal) el 3 de octubre de 2016 — Isabel Maria Pinheiro Vieira Rodrigues/José Manuel Proença Salvador y otros

    (Asunto C-514/16)

    (2016/C 475/18)

    Lengua de procedimiento: portugués

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunal da Relação de Guimarães

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente: Isabel Maria Pinheiro Vieira Rodrigues

    Recurridas: José Manuel Proença Salvador, Crédito Agrícola Seguros — Companhia de Seguros de Ramos Reais, S.A., Jorge Oliveira Pinto

    Cuestiones prejudiciales

    1

    ¿Se aplica la obligación de aseguramiento prevista en el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 72/166/CEE (1) del Consejo, de 24 de abril de 1972, resultante de la circulación de vehículos que tengan su estacionamiento habitual en el territorio de cada Estado miembro a la utilización de vehículos, en cualquier lugar, público o privado, exclusivamente en los casos en que están en movimiento o también en los casos en que están inmovilizados, pero con el motor en marcha?

    2

    ¿Está comprendido en el mencionado concepto de circulación de vehículos, a efectos del artículo 3, apartado 1, de la citada Directiva 72/166, un tractor agrícola inmovilizado en un camino llano de tierra de una finca rústica que se está utilizando, como es habitual, en la ejecución de labores agrícolas (pulverización de herbicida en una viña), con el motor en funcionamiento para accionar la bomba del bidón que contiene el herbicida, y que, en esas circunstancias, como resultado del deslizamiento de tierras causado por la conjunción de los siguientes factores:

    peso del tractor,

    trepidación provocada por el motor del tractor y por la bomba de salida de la pulverizadora, encastrada en la parte trasera del tractor,

    fuertes lluvias,

    volcó sobre cuatro trabajadores que se encontraban realizando ese trabajo en los bancales inferiores y provocó la muerte de una trabajadora que sujetaba la manguera con la que se efectuaba la pulverización?

    3

    Si las dos cuestiones prejudiciales anteriores reciben respuesta afirmativa, ¿se opone esta interpretación del concepto de circulación de vehículos del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 72/166 a una normativa nacional (artículo 4, apartado 4, del Decreto-ley 291/2007, de 21 de agosto) que excluye la obligación de aseguramiento prevista en el citado artículo 3, apartado 1, en los casos en que los vehículos se utilizan en funciones meramente agrarias o industriales?


    (1)  Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como sobre el control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (DO 1972, L 103, p. 1; EE 13/02, p. 113).


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