EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62015CN0406

Asunto C-406/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad (Bulgaria) el 24 de julio de 2015 — Petya Milkova/Agentsia za privatizatsia i sledprivatizatsionen kontrol

DO C 337 de 12.10.2015, p. 7–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.10.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 337/7


Petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad (Bulgaria) el 24 de julio de 2015 — Petya Milkova/Agentsia za privatizatsia i sledprivatizatsionen kontrol

(Asunto C-406/15)

(2015/C 337/09)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Varhoven administrativen sad

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: Petya Milkova

Recurrida en casación: Agentsia za privatizatsia i sledprivatizatsionen kontrol

Otra parte: Varhovna administrativna prokuratura

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Permite el artículo 5, apartado 2, de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad a los Estados miembros establecer legalmente una protección previa específica frente al despido sólo para las personas con discapacidad que tengan la condición de trabajadores, pero no para los funcionarios con la misma discapacidad?

2)

¿Permiten el artículo 4 y las demás disposiciones de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (1), una normativa nacional que confiere una protección previa específica frente al despido sólo para las personas con discapacidad que tengan la condición de trabajadores, pero no a los funcionarios con la misma discapacidad?

3)

¿Permite el artículo 7 de la Directiva 2000/78 que una protección previa específica frente al despido se conceda sólo a las personas con discapacidad que tengan la condición de trabajadores, pero no a los funcionarios con la misma discapacidad?

4)

En caso de respuesta negativa a las cuestiones primera y tercera: ¿Exige el cumplimiento de las disposiciones del Derecho internacional público y del Derecho comunitario, habida cuenta de los hechos expuestos en el presente asunto, que la protección previa específica frente al despido que el legislador nacional ofrece a las personas con discapacidad y que tienen la condición de trabajadores se aplique también a los funcionarios con la misma discapacidad?


(1)  DO L 303, p. 16.


Top