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Document 62014TN0199
Case T-199/14: Action brought on 28 March 2014 — Vanbreda Risk & Benefits v Commission
Asunto T-199/14: Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2014 — Vanbreda Risk & Benefits/Comisión
Asunto T-199/14: Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2014 — Vanbreda Risk & Benefits/Comisión
DO C 159 de 26.5.2014, p. 36–37
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
26.5.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 159/36 |
Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2014 — Vanbreda Risk & Benefits/Comisión
(Asunto T-199/14)
2014/C 159/49
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Vanbreda Risk & Benefits (Amberes, Bélgica) (representantes: P. Teerlinck y P. de Bandt, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la decisión de la Comisión Europea de 30 de enero de 2014 (ref. Ares(2014)221245) por la que la Comisión decidió no elegir la oferta de VANBREDA RISK & BENEFITS SA por el lote 1 del contrato 2013/S 155-269617 (licitación no OIB.DR.2/PO/2013/062/591) y adjudicarlo a la sociedad Marsh SA. |
— |
Ordene que se presenten los documentos mencionados en capítulo III (diligencias de ordenación del procedimiento) del presente recurso. |
— |
Declare la responsabilidad extracontractual de la Comisión y condene a ésta a pagar a la demandante la cantidad de 1 000 000 de euros en concepto de indemnización por la pérdida de la oportunidad de obtener el contrato, por la pérdida de referencias y por el perjuicio moral sufrido. |
— |
En cualquier caso, condene a la Comisión a pagar las costas del presente procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un motivo único basado en la ilegalidad de la adjudicación por la Comisión del contrato a una sociedad que, infringiendo el pliego de cargos, no acompañó su oferta de un acuerdo/mandato por el que el conjunto de aseguradoras que formaban parte del consorcio se comprometían a la ejecución solidaria del contrato.
El motivo se divide en tres partes basadas en que la Comisión:
— |
Vulneró el principio de igualdad de los licitadores, infringió los artículos 111, apartado 5, y 113, apartado 1, del Reglamento financiero (1) así como los artículos 146, apartados 1 y 2, 149, apartado 1, y 158, apartados 1 y 3, del Reglamento de aplicación (2) y las disposiciones del pliego de cargos al declarar que la oferta de Marsh era conforme a pesar de que ésta no incluía el Acuerdo/mandato debidamente firmado por todas las aseguradoras que formaban parte del consorcio conforme a lo dispuesto en pliego de cargos. |
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Vulneró el principio de igualdad de los licitadores y los artículos 112, apartado 1, del Reglamento Financiero y 160 del Reglamento de aplicación al permitir a Marsh modificar su oferta después de la fecha límite de presentación de las ofertas. |
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Vulneró el principio de transparencia en relación con el artículo 102, apartado 1, del Reglamento Financiero al negarse a dar una respuesta precisa a la cuestión planteada por la parte demandante para determinar si el Acuerdo/mandato había sido firmado por todas las aseguradoras que formaban parte del consorcio y si ese documento se había adjuntado a la oferta de Marsh. |
(1) Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (DO L 298, p. 1).
(2) Reglamento Delegado (UE) no 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre 2012, sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (DO L 362, p. 1).