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Document 62014CN0234

Asunto C-234/14: Petición de decisión prejudicial planteada por la Augstākā tiesa (República de Letonia) el 12 de mayo de 2014 — SIA «Ostas celtnieks» /Talsu novada pašvaldība, Iepirkumu uzraudzības birojs

DO C 212 de 7.7.2014, p. 21–22 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

7.7.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 212/21


Petición de decisión prejudicial planteada por la Augstākā tiesa (República de Letonia) el 12 de mayo de 2014 — SIA «Ostas celtnieks»/Talsu novada pašvaldība, Iepirkumu uzraudzības birojs

(Asunto C-234/14)

2014/C 212/24

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Augstākā tiesa

Partes en el procedimiento principal

Demandante: SIA «Ostas celtnieks»

Demandadas: Talsu novada pašvaldība, Iepirkumu uzraudzības birojs

Cuestión prejudicial

¿Han de interpretarse las disposiciones de la Directiva 2004/18/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, en el sentido de que no se oponen a que, para reducir el riesgo de que se incumpla el contrato, se establezca en el pliego de condiciones el requisito de que, en el supuesto de que se adjudique el contrato a un licitador que se base en las capacidades de otros empresarios, dicho licitador debe concluir con los referidos empresarios, con carácter previo a la adjudicación del contrato, un contrato de colaboración (incluyendo en dicho contrato los puntos concretos estipulados en el pliego de condiciones) o crear con ellos una sociedad colectiva?


(1)  DO L 134, p. 114.


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