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Document 62013TN0306
Case T-306/13: Action brought on 5 June 2013 — Silicium España Laboratorios/OHIM — LLR-G5 (LLRG5)
Asunto T-306/13: Recurso interpuesto el 5 de junio de 2013 — Silicium España Laboratorios/OAMI — LLR-G5 (LLRG5)
Asunto T-306/13: Recurso interpuesto el 5 de junio de 2013 — Silicium España Laboratorios/OAMI — LLR-G5 (LLRG5)
DO C 226 de 3.8.2013, p. 22–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 226 de 3.8.2013, p. 6–6
(HR)
3.8.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 226/22 |
Recurso interpuesto el 5 de junio de 2013 — Silicium España Laboratorios/OAMI — LLR-G5 (LLRG5)
(Asunto T-306/13)
(2013/C 226/29)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Silicium España Laboratorios, S.L. (Vila-Seca, Tarragona) (representante: C. Sueiras Villalobos, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI: LLR-G5 Ltd (Castlebar, Irlanda)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 7 de marzo de 2013 (asunto R 383/2012-1) en la medida en que declara la nulidad de la marca comunitaria no 3.384.625, «LLRG5», por haber sido solicitada de mala fe. |
— |
Confirme la resolución de la División de Anulación de 20 de diciembre de 2011 en el asunto 4174 C. |
— |
Condene a la OAMI a cargar con sus propias costas y con las de Silicium correspondientes a estos procedimientos. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso un recurso de anulación: Marca denominativa «LLRG5» — Registro de marca comunitaria no 3.384.625
Titular de la marca comunitaria: La demandante
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Motivación de la solicitud de nulidad: Los motivos de la solicitud de declaración de nulidad son los previstos en el artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo
Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de declaración de nulidad
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución impugnada y declaración de nulidad de la marca comunitaria impugnada
Motivos invocados: Infracción del artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo.