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Document 62013CN0275
Case C-275/13: Request for a preliminary ruling from the Tribunal Supremo (Spain) lodged on 21 May 2013 — Elcogás, S.A. v Administración del Estado and Iberdrola, S.A.
Asunto C-275/13: Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 21 de mayo de 2013 — Elcogás, S.A./Administración del Estado e Iberdrola, S.A.
Asunto C-275/13: Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 21 de mayo de 2013 — Elcogás, S.A./Administración del Estado e Iberdrola, S.A.
DO C 226 de 3.8.2013, p. 2–3
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 226 de 3.8.2013, p. 2–2
(HR)
3.8.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 226/2 |
Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 21 de mayo de 2013 — Elcogás, S.A./Administración del Estado e Iberdrola, S.A.
(Asunto C-275/13)
(2013/C 226/04)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Supremo
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Elcogás, S.A.
Demandadas: Administración del Estado e Iberdrola, S.A.
Cuestión prejudicial
La interpretación del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre él (en especial, de las sentencias dictadas en los asuntos C-379/98 (1) y C-206/06 (2)), ¿permite considerar como «ayuda otorgada por los Estados o mediante fondos estatales» las cantidades anuales asignadas a la sociedad Elcogás en cuanto titular de una instalación singular de generación de energía eléctrica, tal como se prevé en los plantes de viabilidad extraordinarios aprobados para ella por el Consejo de Ministros, cuando la percepción de dichas cantidades se engloba en la partida general de «costes permanentes del sistema eléctrico» que, pagados por el conjunto de usuarios, se transfieren a las empresas del sector eléctrico mediante sucesivas liquidaciones a cargo de la Comisión Nacional de Energía conforme a los criterios legales predeterminados, sin margen de discrecionalidad?
(1) Rec. 2001, p. I-2099
(2) Rec. 2008, p. I-5497