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Document 62012CN0442

    Asunto C-442/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 3 de octubre de 2012 — Jan Sneller/DAS Nederlandse Rechtsbijstand Verzekeringsmaatschappij NV

    DO C 9 de 12.1.2013, p. 30–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    12.1.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 9/30


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 3 de octubre de 2012 — Jan Sneller/DAS Nederlandse Rechtsbijstand Verzekeringsmaatschappij NV

    (Asunto C-442/12)

    2013/C 9/49

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Hoge Raad der Nederlanden

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Jan Sneller

    Demandada: DAS Nederlandse Rechtsbijstand Verzekeringsmaatschappij NV

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Permite el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 87/344/CEE (1) que un asegurador de la defensa jurídica que estipula en sus póliza que la defensa jurídica en procedimientos judiciales o administrativos se prestará en principio por medio de trabajadores del asegurador, establezca además que los gastos de defensa jurídica de un abogado o asesor jurídico libremente elegido por el asegurado quedarán comprendidos en la cobertura únicamente si, en opinión del asegurador, el tratamiento del asunto debe encargarse a un abogado externo?

    2)

    ¿Tiene alguna incidencia en la respuesta a la primera cuestión el hecho de que en el procedimiento judicial o administrativo de que se trate sea o no obligatoria la defensa jurídica?


    (1)  Directiva 87/344/CEE del Consejo, de 22 de junio de 1987, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro de defensa jurídica (DO L 185, p. 77).


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