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Document 62012CN0271

    Asunto C-271/12: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Mons (Bélgica) el 1 de junio de 2012 — Petroma Transports SA, Martens Energie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens/État belge

    DO C 243 de 11.8.2012, p. 8–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.8.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 243/8


    Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Mons (Bélgica) el 1 de junio de 2012 — Petroma Transports SA, Martens Energie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens/État belge

    (Asunto C-271/12)

    2012/C 243/15

    Lengua de procedimiento: francés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Cour d’appel de Mons

    Partes en el procedimiento principal

    Apelantes: Petroma Transports SA, Martens Energie SA, Martens Immo SA, Martens SA, Fabian Martens, Geoffroy Martens, Thibault Martens

    Apelada: État belge

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Está facultado un Estado miembro para denegar la deducción a unos sujetos pasivos, destinatarios de servicios, que disponen de unas facturas incompletas, pero completadas con la presentación de información destinada a probar la realidad, la naturaleza y el importe de las operaciones facturadas [contratos, reconstitución de cifras sobre la base de declaraciones a la Office national de la sécurité sociale, información sobre el funcionamiento del grupo de sociedades de que se trata, (…)]?

    2)

    Un Estado miembro que deniega la deducción a unos sujetos pasivos destinatarios de servicios basándose en la imprecisión de unas facturas, ¿no debe reconocer que, en tal caso, las facturas son también demasiado imprecisas para permitir el devengo del IVA? Por consiguiente, ¿no está obligado el Estado miembro a otorgar a las sociedades que prestaron los servicios así cuestionados la devolución del IVA que habían abonado, a fin de garantizar el principio de neutralidad del IVA?


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