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Document 62011TN0574
Case T-574/11: Action brought on 31 October 2011 — Unipol Banca v OHIM — Union Investment Privatfonds (unicard)
Asunto T-574/11: Recurso interpuesto el 31 de octubre de 2011 — Unipol Banca/OAMI — Union Investment Privatfonds (unicard)
Asunto T-574/11: Recurso interpuesto el 31 de octubre de 2011 — Unipol Banca/OAMI — Union Investment Privatfonds (unicard)
DO C 6 de 7.1.2012, p. 23–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 6/23 |
Recurso interpuesto el 31 de octubre de 2011 — Unipol Banca/OAMI — Union Investment Privatfonds (unicard)
(Asunto T-574/11)
2012/C 6/42
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano
Partes
Demandante: Unipol Banca SpA (Bolonia, Italia) (representantes: P. Costa y P. Creta, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Union Investment Privatfonds GmbH (Francfort del Meno, Alemania)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General:
— |
Que se anule la resolución dictada el 13 de julio de 2011 por la Segunda Sala de Recurso de la OAMI al término del procedimiento no R 0597/2010-2 interpuesto el 14 de abril de 2010 por Union Investment Privatfonds GmbH y, en consecuencia, |
— |
Que se estime la solicitud de marca comunitaria no 005240080, presentada el 18 de julio de 2006, que tiene por objeto el signo unicard, para servicios comprendidos en la clase 36 del Arreglo de Niza. |
— |
Que se condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: la demandante
Marca comunitaria solicitada: marca figurativa «unicard» (solicitud de registro no 5.240.080), para servicios de la clase 36
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Union Investment Privatfonds GmbH
Marca o signo invocado: marcas denominativas alemanas «UNIFONDS» (no 991.995), «UNIGLOBAL» (no 991.996) y «UniGarant» (no30 138 306,5), para servicios de la clase 36
Resolución de la División de Oposición: desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: anulación de la resolución de la División de Oposición y desestimación de la solicitud de registro de la marca en cuestión
Motivos invocados: aplicación e interpretación incorrectas del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009, sobre la marca comunitaria.