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Document 62011CN0449

    Asunto C-449/11 P: Recurso de casación interpuesto el 1 de septiembre de 2011 por Solvay Solexis SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta Ampliada) dictada el 16 de junio de 2011 en el asunto T-195/06, Solvay Solexis/Comisión

    DO C 311 de 22.10.2011, p. 29–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.10.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 311/29


    Recurso de casación interpuesto el 1 de septiembre de 2011 por Solvay Solexis SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta Ampliada) dictada el 16 de junio de 2011 en el asunto T-195/06, Solvay Solexis/Comisión

    (Asunto C-449/11 P)

    2011/C 311/48

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Recurrente: Solvay Solexis SpA (representante: T. Salonico, G.L. Zampa y G. Barone, abogados)

    Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

    Pretensiones de la parte recurrente

    Que se anulen la sentencia recurrida y la Decisión en la medida en que declaran que Ausimont participó en la infracción antes del período comprendido entre mayo y septiembre de 1997, y en consecuencia, que se recalcule la multa impuesta a la recurrente en el artículo 2 de la Decisión.

    Que se anulen la sentencia recurrida y la Decisión en la medida en que, en relación con el período posterior a los meses transcurridos entre mayo y septiembre de 1997, no reconocen que la gravedad del comportamiento de Ausimont fue menor debido a que no participó en el acuerdo sobre la limitación de las capacidades y, además, porque la incluyen en una categoría equivocada a los efectos de determinar el importe de base de la multa, solicitando por consiguiente que se recalcule la multa impuesta a la recurrente en el artículo 2 de la Decisión, o bien,

    con carácter subsidiario a las pretensiones arriba expuestas, que se anule la sentencia recurrida en las partes mencionadas en los puntos 1) y 2) anteriores y que se devuelva el asunto al Tribunal para que se resuelva nuevamente sobre él.

    Que se condene en costas a la Comisión.

    Motivos y principales alegaciones

    I.

    Infracción de los artículos 101 TFUE y 2 del Reglamento no 1/2003, (1) motivación contradictoria e insuficiente, así como una correlativa y manifiesta distorsión de las pruebas, ya que no se demuestra que pueda considerarse que el comportamiento de Ausimont desde mayo de 1995 a mayo-septiembre de 1997 formara parte de un «acuerdo» o de una «práctica concertada», ni se motiva el rechazo de las pruebas objetivas proporcionadas por la recurrente para demostrar que Ausimont se comportó de modo altamente competitivo e independiente en dicho período.

    II.

    Violación de los principios de igualdad de trato, de no discriminación y de seguridad jurídica, a la luz de la no observancia de las Directrices de 1998 para el cálculo de las multas, (2) así como falta de motivación y manifiesta distorsión de las pruebas en relación con la valoración de la gravedad del comportamiento de Ausimont y con la determinación de su sanción.


    (1)  DO L 1, p. 1.

    (2)  DO 1998, C 9, p. 3.


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