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Document 62011CN0212

Asunto C-212/11: Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 9 de mayo de 2011 — Jyske Bank Gibraltar Limited/Administración del Estado

DO C 226 de 30.7.2011, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.7.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 226/11


Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 9 de mayo de 2011 — Jyske Bank Gibraltar Limited/Administración del Estado

(Asunto C-212/11)

2011/C 226/21

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Supremo

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Jyske Bank Gibraltar Limited

Demandada: Administración del Estado

Cuestión prejudicial

En aplicación del apartado 2 del artículo 22 de la Directiva 2005/60/CE (1), del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo, ¿puede un Estado miembro exigir que la información que han de suministrar las entidades de crédito que operan en su territorio sin establecimiento permanente sea facilitada de modo imperativo y directo a sus propias autoridades encargadas de la prevención del blanqueo de capitales o, por el contrario, el requerimiento de información debe ir dirigido a la Unidad de Inteligencia Financiera del Estado miembro en cuyo territorio se encuentra ubicada la entidad de crédito requerida?


(1)  DO L 309, p. 15


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