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Document 62010TA0324
Case T-324/10: Judgment of the General Court of 19 March 2013 — Firma Van Parys v Commission (Customs union — Imports of bananas from Ecuador — Post-clearance recovery of import duties — Request for remission of import duties — Article 220(2)(b) and Article 239 of Regulation (EEC) No 2913/92 — Error by the customs authorities — Obvious negligence on the part of the interested party)
Asunto T-324/10: Sentencia del Tribunal General de 19 de marzo de 2013 — Firma Van Parys/Comisión [ «Unión aduanera — Importación de plátanos procedentes de Ecuador — Recaudación a posteriori de derechos de importación — Solicitud de condonación de derechos de importación — Artículo 220, apartado 2, letra b), y artículo 239 del Reglamento (CEE) n ° 2913/92 — Error de las autoridades aduaneras — Negligencia manifiesta del interesado» ]
Asunto T-324/10: Sentencia del Tribunal General de 19 de marzo de 2013 — Firma Van Parys/Comisión [ «Unión aduanera — Importación de plátanos procedentes de Ecuador — Recaudación a posteriori de derechos de importación — Solicitud de condonación de derechos de importación — Artículo 220, apartado 2, letra b), y artículo 239 del Reglamento (CEE) n ° 2913/92 — Error de las autoridades aduaneras — Negligencia manifiesta del interesado» ]
DO C 129 de 4.5.2013, p. 14–15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
4.5.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 129/14 |
Sentencia del Tribunal General de 19 de marzo de 2013 — Firma Van Parys/Comisión
(Asunto T-324/10) (1)
(Unión aduanera - Importación de plátanos procedentes de Ecuador - Recaudación a posteriori de derechos de importación - Solicitud de condonación de derechos de importación - Artículo 220, apartado 2, letra b), y artículo 239 del Reglamento (CEE) no 2913/92 - Error de las autoridades aduaneras - Negligencia manifiesta del interesado)
2013/C 129/27
Lengua de procedimiento: neerlandés
Partes
Demandante: Firma Léon Van Parys (Amberes, Bélgica) (representantes: inicialmente P. Vlaemminck y A. Hubert, posteriormente P. Vlaemminck, R. Verbeke y J. Auwerx, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: L. Keppenne y F. Wilman, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandante: Reino de Bélgica (representantes: J.-C. Halleux y M. Jacobs, agentes, asistidos por P. Vander Schueren, abogado)
Objeto
Pretensión de anulación parcial de la Decisión C(2010) 2858 final de la Comisión, de 6 de mayo de 2010, por la que se declara que está justificada la contracción a posteriori de los derechos de importación y que la condonación de los derechos está justificada respecto de un deudor, pero no lo está respecto de otro deudor en un supuesto concreto.
Fallo
1) |
Anular el artículo 1, apartado 3, de la Decisión C(2010) 2858 final de la Comisión, de 6 de mayo de 2010, por la que se declara que está justificada la contracción a posteriori de los derechos de importación y que la condonación de los derechos está justificada respecto de un deudor, pero no lo está respecto de otro deudor en un supuesto concreto. |
2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas así como con las de Firma Léon Van Parys NV. |
4) |
El Reino de Bélgica cargará con sus propias costas. |