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Document 62010CA0420
Case C-420/10: Judgment of the Court (Third Chamber) of 1 March 2012 (reference for a preliminary ruling from the Landgericht Hamburg — Germany) — Söll GmbH v Tetra GmbH (Placing on the market of biocidal products — Directive 98/8/EC — Article 2(1)(a) — Concept of ‘biocidal products’ — Product causing flocculation of harmful organisms without destroying or deterring them or rendering them harmless)
Asunto C-420/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 1 de marzo de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Hamburg — Alemania) — Söll GmbH/Tetra GmbH (Comercialización de biocidas — Directiva 98/8/CE — Artículo 2, apartado 1, letra a) — Concepto de «biocidas» — Producto que provoca la floculación de los organismos nocivos sin destruirlos, contrarrestarlos o neutralizarlos)
Asunto C-420/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 1 de marzo de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Hamburg — Alemania) — Söll GmbH/Tetra GmbH (Comercialización de biocidas — Directiva 98/8/CE — Artículo 2, apartado 1, letra a) — Concepto de «biocidas» — Producto que provoca la floculación de los organismos nocivos sin destruirlos, contrarrestarlos o neutralizarlos)
DO C 118 de 21.4.2012, p. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
21.4.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 118/3 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 1 de marzo de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Hamburg — Alemania) — Söll GmbH/Tetra GmbH
(Asunto C-420/10) (1)
(Comercialización de biocidas - Directiva 98/8/CE - Artículo 2, apartado 1, letra a) - Concepto de «biocidas» - Producto que provoca la floculación de los organismos nocivos sin destruirlos, contrarrestarlos o neutralizarlos)
2012/C 118/05
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Landgericht Hamburg
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Söll GmbH
Demandada: Tetra GmbH
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Landgericht Hamburg — Interpretación del artículo 2, apartado 1, letra a), de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas (DO L 123, p. 1) — Calificación de «biocida» de un producto que provoca la floculación de organismos nocivos, sin destruirlos, contrarrestarlos o neutralizarlos — Alguicida que contiene la sustancia clorhidróxido de aluminio — Concepto de «biocida».
Fallo
El concepto de «biocidas» que figura en el artículo 2, apartado 1, letra a), de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas, debe interpretarse en el sentido de que incluye también los productos que sólo actúan de modo indirecto en los organismos nocivos a los que se aplican, si contienen una o varias sustancias activas que implican una acción, química o biológica, que forma parte integrante de una cadena de causalidad cuyo objetivo es producir un efecto inhibidor en dichos organismos.