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Document 62008TN0191

    Asunto T-191/08: Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2008 — JOOP!/OAMI (Representación de un signo de exclamación)

    DO C 183 de 19.7.2008, p. 27–27 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.7.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 183/27


    Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2008 — JOOP!/OAMI (Representación de un signo de exclamación)

    (Asunto T-191/08)

    (2008/C 183/51)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Demandante: JOOP! GmbH (Hamburgo, Alemania) (representantes: H. Schmidt-Hollburg, W. Möllering, A. Löhde, H. Leo, A. Witte, T. Frank, A. Theil, H.-P. Rühland, B. Willers y T. Rein, abogados)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior de 6 de marzo de 2008 en el asunto R 1822/2007-1.

    Que se condene en costas a la Oficina de Armonización del Mercado Interior, incluyendo las costas ocasionadas durante el procedimiento de recurso ante la OAMI.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria solicitada: la marca gráfica que representa un signo de exclamación, para productos comprendidos en las clases 14, 18 y 25 (solicitud no 5.332.176)

    Resolución del examinador: denegación de la solicitud de registro

    Resolución de la Sala de Recurso: desestimación del recurso

    Motivos invocados: infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) no 40/94 (1), toda vez que la marca solicitada tiene carácter distintivo y no vulnera ningún imperativo de disponibilidad.


    (1)  Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).


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