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Document 62007TJ0135

Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 17 de enero de 2012.
República Italiana contra Comisión Europea.
Policía sanitaria — Gripe aviar — Mercado italiano de la carne de aves de corral — Solicitud de las autoridades italianas de que se adopten medidas excepcionales de apoyo del mercado — Decisión desestimatoria de la Comisión.
Asunto T‑135/07.

Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

ECLI identifier: ECLI:EU:T:2012:6





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 17 de enero de 2012 —
Italia/Comisión

(Asunto T‑135/07)

«Policía sanitaria — Gripe aviar — Mercado italiano de la carne de aves de corral — Solicitud de las autoridades italianas de que se adopten medidas excepcionales de apoyo del mercado — Decisión desestimatoria de la Comisión»

1.                     Agricultura — Organización común de mercados — Carne de aves de corral — Discriminación entre productores o consumidores — Prohibición — Alcance — Facultad de apreciación de las instituciones de la Unión en materia de política agrícola común — Control jurisdiccional — Alcance [Art. 34 CE, ap. 2, párr. 2; Reglamento (CEE) nº 2777/75 del Consejo, art. 14] (véanse los apartados 53 a 57, 68 y 69)

2.                     Agricultura — Organización común de mercados — Carne de aves de corral — Medidas de apoyo del mercado en el sector de los huevos — Decisión de la Comisión por la que se rechaza la adopción de medidas excepcionales de apoyo del mercado de la carne de aves de corral — Decisión que distingue entre las pérdidas económicas provocadas por la destrucción de pollitos de un día y por la de los huevos para incubar ya incubados — Principio de no discriminación — Infracción [Art. 34 CE, ap. 2, párr. 2, Reglamento (CEE) nº 2777/75 del Consejo, art. 14; Reglamento (CE) nº 2102/2004 de la Comisión] (véanse los apartados 87 a 89, 98 y 99)

Objeto

Pretensión de anulación de la decisión de la Comisión de 7 de febrero de 2007 por la que se rechaza la solicitud de la República Italiana de que se adopten medidas excepcionales de apoyo del mercado italiano de la carne de aves de corral, con arreglo al artículo 14 del Reglamento (CEE) nº 2777/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de aves de corral (DO L 282, p. 77; EE 03/09, p. 151).

Fallo

1)

Anular la decisión de la Comisión de 7 de febrero de 2007 por la que se rechaza la solicitud de la República Italiana de que se adopten medidas excepcionales de apoyo del mercado italiano de la carne de aves de corral, con arreglo al artículo 14 del Reglamento (CEE) nº 2777/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de aves de corral.

2)

Condenar en costas a la Comisión Europea.

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