Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62007TJ0111

Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 7 de julio de 2010.
Agrofert Holding a.s. contra Comisión Europea.
Acceso a los documentos - Reglamento (CE) nº 1049/2001 - Documentos relacionados con un procedimiento relativo a una operación de concentración de empresas - Denegación del acceso.
Asunto T-111/07.

Recopilación de Jurisprudencia 2010 II-00128*

ECLI identifier: ECLI:EU:T:2010:285





Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 7 de julio de 2010 — Agrofert Holding/Comisión

(Asunto T‑111/07)

«Acceso a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Documentos relacionados con un procedimiento relativo a una operación de concentración de empresas — Denegación de acceso»

Unión Europea — Instituciones — Derecho de acceso del público a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Excepciones al derecho de acceso a los documentos [Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 4, aps. 2, guiones 1 a 3, 3 y 6] (véanse los apartados 58 a 61, 64, 76, 77, 79, 80, 89, 94 a 99, 101 a 104, 110 a 116, 124 a 129, 131, 132, 141, 142 y 144)

Objeto

Recurso de anulación, por un lado, de la Decisión de la Comisión de 2 de agosto de 2006 por la que se deniega a la demandante el acceso a los documentos relativos al procedimiento de notificación y de prenotificación de la operación de adquisición de Unipetrol por Polski Koncern Naftowy Orlen SA (COMP/M.3543) y, por otro, de la Decisión D(2007) 1360 de la Comisión, de 13 de febrero de 2007, por la que se confirmaba dicha denegación.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad de las pretensiones de que se anule la respuesta de la Comisión Europea de 2 de agosto de 2006 y de que el Tribunal ordene a dicha institución que comunique los documentos solicitados.

2)

Anular la Decisión D(2007) 1360 de la Comisión, de 13 de febrero de 2007, por la que se deniega el acceso a los documentos del asunto COMP/M.3543, relativo a la operación de concentración entre Polski Koncern Naftowy Orlen SA y Unipetrol, intercambiados entre la Comisión y las partes notificadoras y entre la Comisión y terceros, así como el acceso a los documentos internos y a los dictámenes jurídicos emitidos en relación con dicho asunto.

3)

Condenar en costas a la Comisión.

4)

El Reino de Suecia, la República de Finlandia, el Reino de Dinamarca y Polski Koncern Naftowy Orlen cargarán con sus propias costas.

Top