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Document 62007TB0195

Asunto T-195/07: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 23 de septiembre de 2008 — Lafarge Cement/Comisión ( Recurso de anulación — Directiva 2003/87/CE — Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero — Plan nacional de asignación de derechos de emisión para Polonia correspondiente al período comprendido entre 2008 y 2012 — Decisión de la Comisión de no formular objeciones si concurren determinados requisitos — Competencia de los Estados miembros en el reparto individual de los derechos de emisión — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad )

DO C 301 de 22.11.2008, p. 36–36 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.11.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 301/36


Auto del Tribunal de Primera Instancia de 23 de septiembre de 2008 — Lafarge Cement/Comisión

(Asunto T-195/07) (1)

(«Recurso de anulación - Directiva 2003/87/CE - Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero - Plan nacional de asignación de derechos de emisión para Polonia correspondiente al período comprendido entre 2008 y 2012 - Decisión de la Comisión de no formular objeciones si concurren determinados requisitos - Competencia de los Estados miembros en el reparto individual de los derechos de emisión - Inexistencia de afectación directa - Inadmisibilidad»)

(2008/C 301/61)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Demandante: Lafarge Cement S.A. (Małogoszcz, Polonia) (representantes: P.K. Rosiak y F. Puel, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: U. Wölker y K. Herrmann, agentes)

Objeto

Anulación de la Decisión C(2007) 1295 final de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, relativa al plan nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, notificado por Polonia para el período comprendido entre 2008 y 2012, con arreglo a la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 275, p. 32).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Lafarge Cement S.A. cargará con sus propias costas y con las de la Comisión.


(1)  DO C 170 de 21.7.2007.


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