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Document 62007CA0458

    Asunto C-458/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 12 de marzo de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Telecomunicaciones — Directiva 2002/22/CE — Servicio universal — Obligación de poner a disposición de los usuarios finales una guía general de abonados y un servicio de información general sobre números de abonados)

    DO C 113 de 16.5.2009, p. 8–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.5.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 113/8


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 12 de marzo de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Portuguesa

    (Asunto C-458/07) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Telecomunicaciones - Directiva 2002/22/CE - Servicio universal - Obligación de poner a disposición de los usuarios finales una guía general de abonados y un servicio de información general sobre números de abonados)

    2009/C 113/15

    Lengua de procedimiento: portugués

    Partes

    Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: G. Braun y P. Guerra e Andrade, agentes)

    Demandada: República Portuguesa (representantes: L.I. Fernandes, agente, y L. Morais, abogado)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 5, apartados 1 y 2, y 25, apartados 1 y 3, de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal) (DO L 108, p. 51) — No inclusión de determinados abonados en la guía general.

    Fallo

    1)

    Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal), al no garantizar en la práctica, conforme a los artículos 5, apartados 1 y 2, y 25, apartados 1 y 3, de la mencionada Directiva, que se ponga a disposición de todos los usuarios finales por lo menos una guía general de abonados y un servicio de información general sobre números de abonados.

    2)

    Condenar en costas a la República Portuguesa.


    (1)  DO C 297, de 8.12.2007.


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